ESCOBAR, FABIANA VALERIA c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó la actora reconocimiento de incapacidad y ajuste del monto condenatorio por accidente de trabajo; la Cámara modificó la sentencia de grado y dispuso actualizar el capital conforme al art. 11 de la ley 27.348 con capitalización por art. 770 inc. b CCyCN. Además impuso costas a la demandada y reguló honorarios conforme lo propuesto en el voto de la mayoría.
¿Quién es el actor?
Escobar Fabiana Valeria.
¿A quién se demanda?
Experta ART S.A.
- Objeto de la demanda: Recurso por indemnización por accidente de trabajo (incapacidad reconocida 3,40%) y apelaciones sobre monto de condena, tasa de interés/actualización y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia de grado respecto de los accesorios y actualizó el capital de condena conforme el art. 11 de la ley 27.348 con más una capitalización conforme el art. 770 inc. b CCyCN; además impuso costas y reguló honorarios de ambas instancias según lo propuesto en el considerando 6 del primer voto. El tercer integrante no votó (art. 125 ley 18.345).
- Fundamentos principales (textos reproducidos del fallo):
"Si bien la ecuación económica tenida en vista al dictado del referido decreto estuvo invertida en los últimos años -lo que llevó en muchos casos a su aplicación-, ello no otorga validez a dichas disposiciones reglamentarias. Tampoco puede supeditar su análisis a los resultados aritméticos que arrojen las distintas variables a tener en cuenta, porque esas variables se encuentran atadas a condiciones coyunturales cambiantes en función de la macro y micro economía."
"En consecuencia, cabe aplicar los parámetros del art. 11 de la ley 27.348 desde la exigibilidad del crédito y hasta su efectivo pago con más una capitalización conforme al art. 770 inc. CCyCN, norma recogida expresamente por el referido art. 11, y para el supuesto específico de incumplimiento de las obligaciones debidas en tiempo y forma debe acudirse a lo normado por el referido art. en su inc. c, todo en base a las facultades conferidas por el legislador que se desprenden de los arts. 767 y 768 CCyCN."
"De tal forma, si al capital de condena en este caso $1.699.271,47, se aplican los parámetros del art. 11 de la ley 27.348 desde la exigibilidad del crédito y hasta su efectivo pago con más una capitalización conforme al art. 770 inc. b CCyCN (27/12/2023) en concordancia por la doctrina sentada por la CSJN ... se llega a la suma de $5.591.678,73.-, mientras que de aplicarse el IPC INDEC se llega a un importe de $9.045.846,23, lo que demuestra la inexistencia del envilecimiento del poder adquisitivo del acreedor al aplicarse la tasa legal."
Respecto de costas y honorarios (fundamento y regulación propuesta): "Las costas de ambas instancias sugiero imponerlas a cargo de la demandada vencida en la contienda (cfr. art. 68, CPCCN y art 1 de la ley 27.348). Conforme los términos del art. 279 CPCCN y del decreto 157/18... propongo regular los honorarios por la totalidad de sus actuaciones respecto del monto de condena determinado previamente con sus accesorios en los siguientes porcentajes... representación y patrocinio letrado de la parte actora en el 16% y ... de la parte demandada en el 13%... Sugiero regular los honorarios de las partes intervinientes en alzada en el 30%..."
- Votos en disidencia/relevantes: Se deja constancia que el tercer integrante no votó por aplicación del art. 125 ley 18.345; no consta voto concurrente que contradiga el acuerdo mayoritario, y la Dra. María Dora Gonzalez adhiere al voto del preopinante.
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