GARCIA CONTRERAS, ELIZABETH VERONIKHA c/ BAPRO MEDIOS DE PAGO S.A. s/DESPIDO
La actora demandó por despido sin causa y agravios laborales. La Cámara confirmó en lo principal la sentencia de grado, modificando el criterio de actualización e intereses conforme al artículo 55 de la ley 27.802 y fijando los honorarios de acuerdo con lo indicado en el considerando X.
¿Quién es el actor?
García Contreras, Elizabeth Veronikha (actora).
¿A quién se demanda?
Bapro Medios de Pago S.A. (empleadora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (despido incausado), indemnizaciones legales (art. 245, 232, 233 LCT), aplicación de art. 2 Ley 25.323, art. 80 LCT, art. 213 LCT; plus regulación de intereses y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó en lo principal la sentencia de primera instancia; se ordenó la actualización y aplicación de intereses del crédito conforme a lo establecido en el considerando VIII (aplicación del art. 55 Ley 27.802: tasa pasiva del BCRA con tope IPC + 3% y piso del 67% de ese método). Se fijaron los honorarios conforme al considerando X y se impusieron costas y honorarios de Alzada según el considerando XI.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En consecuencia, pesaba sobre la accionada la carga de probar la recepción por parte de la trabajadora de la Carta Documento de despido acompañada en sobre de fs. 69 (v. CD487897063 del 14/02/2017) (art. 377 del Cód. Procesal). Y, en ese sentido, tal como se destacó en grado, considero que no se cumplió con la prueba informativa... En este sentido, conforme pacífica jurisprudencia de esta Cámara, la notificación de que los autos se encuentran en Secretaría para alegar importa la clausura del proceso de conocimiento...". (considerando II)
"Al respecto, el art. 55 de la ley 27.802 establece que: '...a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA) a estos fines para el período correspondiente. b) En ningún caso el resultado... podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ... con más una tasa de interés del TRES POR CIENTO (3%) anual. c) El valor resultante no podrá ser inferior al SESENTA Y SIETE (67 %) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) del presente artículo.' ...En consecuencia, propicio modificar la sentencia de grado respecto de la adecuación del crédito, que debería calcularse, en principio, con la 'la tasa pasiva determinada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA)'... En función del cotejo... cabe estar al piso mínimo dispuesto en el inciso c), esto es, al 67% de la aplicación del IPC más un 3% de interés anual." (considerando VIII)
"A su vez, la accionada apela por altos la totalidad de los honorarios regulados... propongo fijarlos en 65 y 60 UMA –respectivamente-. ...corresponderá: 1) Confirmar en lo principal la sentencia apelada, disponiendo la actualización e intereses del crédito de autos de conformidad con lo establecido en el considerando VIII. 2) Fijar los honorarios de conformidad con lo dispuesto en el considerando X. 3) Costas y honorarios en la Alzada conforme lo dispuesto en el considerando XI." (considerandos X, XII)
- Disidencias: No se registra voto en disidencia; ambos votos (Pinto Varela y Guisado) se adhieren y el Acuerdo resolvió en esos términos.
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