FLORES, ELINA PAOLA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora demandó por indemnización conforme ley 27.348 derivada de accidente de trabajo contra Provincia ART SA. La Cámara modificó la sentencia apelada: dispuso que el capital se actualizará según el considerando II (aplicación del índice RIPTE hasta la liquidación y tasa BNA en mora), confirmó los honorarios apelados conforme al considerando III e impuso las costas de la alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
FLORES, ELINA PAOLA (actora).
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART SA (aseguradora).
- Objeto de la demanda: reclamo de indemnización por accidente de trabajo / aplicación del régimen de la ley 27.348 y determinación de actualización e intereses sobre la condena; apelación de honorarios de la actora y de la perito médica.
¿Qué se resolvió?
La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada estableciendo que el capital se ajustará conforme al criterio previsto en el considerando II (actualización mediante índice RIPTE desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación y aplicación de la tasa equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA en caso de mora, con acumulación semestral conforme art. 770 C.C. y art. 12 ley 24.557/decreto 669/2019), resolvió los honorarios apelados conforme al considerando III (incrementando los honorarios de la representación letrada de la actora a $12.548.114,97 y confirmando los de la perito médica), e impuso las costas de la alzada a la demandada, regulando los honorarios de los profesionales intervinientes en un 30% de los que les correspondan por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
1) "Como es sabido, la facultad conferida a los jueces por el Código Civil y Comercial para fijar la tasa de interés está condicionada a que no existan intereses fijados por las partes o por leyes especiales. Es por eso que, en el acta 2764 CNAT se aclaró expresamente que 'lo sugerido en este acuerdo es para aquellos créditos que no tengan un régimen legal en materia de intereses aplicable'."
2) "En efecto, el art. 11 de la citada ley 27.348 modificó al art. 12 de la ley 24.557, en el sentido de que: ... 2°. Desde la fecha de la primera manifestación invalidante y hasta el momento de la liquidación de la indemnización por determinación de la incapacidad laboral definitiva, deceso del trabajador u homologación, el monto del ingreso base devengará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina."
3) "Es que, frente a la evidente insuficiencia del mecanismo de actualización previsto en el inciso 2 del art. 12 de la ley 24.55/ (en su texto introducido por la ley 27.348) y en la medida en que las disposiciones del aludido decreto 669/2019 resultan en la actualidad más favorables para la preservación del valor real de los créditos, el vicio de origen apuntado queda salvado..."
4) "Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral (artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación y art. 12, inc. 3 de la ley 24.557)..."
5) Sobre honorarios: "En atención al monto de condena y al mérito e importancia de los trabajos realizados ... los estipendios de la representación letrada de la actora, resultan bajos, por lo que propongo elevarlos a la suma de $12.548.114,97 (135,68 UMAs) ... En cuanto a los estipendios de la perito médica, ... los honorarios de la experta no lucen bajos, por lo que propongo mantenerlos."
- Votos y disidencias: Los votos del Dr. Héctor C. Guisado (voto fundado) y del Dr. Manuel P. Díez Selva (adhesión) integran la mayoría que dispuso la modificación indicada; no se registra disidencia en el acuerdo.
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