FLORES PANTOJA, JOSE LUIS c/ KHACHATRYAN, EDITA s/DESPIDO
Demanda por despido contra empleadora y rechazo de la pretensión indemnizatoria. La Cámara Nacional de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda, mantuvo la imposición de costas y los honorarios regulados por no resultar excesivos.
¿Quién es el actor?
José Luis Flores Pantoja.
¿A quién se demanda?
Edita Khachatryan (según carátula: KHACHATRYAN, EDITA).
- Objeto de la demanda: acción por despido e indemnizaciones derivadas del mismo.
¿Qué se resolvió?
La Cámara resolvió confirmar la sentencia apelada en cuanto fue motivo de recurso, con costas en la alzada en el orden causado, atento la ausencia de réplica.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"La exención de costas que autoriza el art. 68 del Código Procesal procede, en general, cuando 'media razón fundada para litigar', expresión ésta que contempla aquellos supuestos en que, por las particularidades del caso, cabe considerar que el vencido actuó sobre la base de una convicción razonable acerca del hecho invocado en el litigio. Sin embargo, no se trata de la mera creencia subjetiva en orden a la razonabilidad de su pretensión, sino de la existencia de circunstancias objetivas que demuestren la concurrencia de un justificativo para eximirlo de costas y sólo ha de disponérsela cuando existan motivos muy fundados, por la preponderancia del criterio objetivo de la derrota (C.N.A. Civ., Sala E, 26/12/97...)."
"En el caso, las genéricas alegaciones formuladas por el recurrente (tales como que su parte 'se creyó con derecho a reclamar' y que 'los testigos [oportunamente ofrecidos y debidamente notificados] no asistieron a prestar declaración)'. resultan claramente insuficientes para desplazar el mencionado principio del vencimiento, por lo que cabe desestimar el agravio."
"En atención al monto reclamado actualizado y el mérito e importancia de los trabajos realizados, los estipendios en cuestión no lucen excesivos, por lo que propicio confirmarlos."
- Votos: el Dr. Héctor C. Guisado votó por confirmar la sentencia apelada en cuanto ha sido motivo de recurso, con costas en la alzada en el orden causado; el Dr. Manuel P. Diez Selva adhirió al voto anterior. No hubo disidencia.
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