RAMOS, MATIAS IGNACIO c/ ACCESS MEDICAL SYSTEMS S.A. s/DESPIDO
El actor reclamó por despido y rubros salariales adeudados contra ACCESS MEDICAL SYSTEMS S.A. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala I, confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal, con excepción de la forma de cálculo de los intereses que se ajustará según lo dispuesto en el considerando V.
¿Quién es el actor?
Matías Ignacio Ramos.
¿A quién se demanda?
Access Medical Systems S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamación por despido injustificado e indemnizaciones y rubros salariales adeudados; reclamo accesorio sobre certificados de trabajo; impugnación de la forma de actualización de condena.
¿Qué se resolvió?
Se confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal que decidió hacer lugar a la demanda y condenar a la demandada al pago de las sumas reconocidas, con la salvedad de que los intereses deberán calcularse conforme a lo dispuesto en el considerando V (aplicación del artículo 54 de la ley 27.802 y declaración de inconstitucionalidad del art. 55 en lo aplicable). Además se regularon honorarios (96 UMA actor; 95 UMA demandada; perito 30 UMA) y se impusieron las costas de alzada a la demandada; los honorarios de alzada se fijaron en el 30% de lo que finalmente perciban por la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (extractos textuales relevantes):
1) Sobre la valoración del despido y prueba testimonial: "No se advierte que el Sr. RAMOS haya proferido una amenaza al Sr. Sosa, sino solo una advertencia relacionada con la posible medida que pudiese adoptar la empleadora... El incumplimiento del distanciamiento social, aun de haber ocurrido, no revestía entidad suficiente para justificar la máxima sanción disciplinaria..."
2) Sobre la licencia y plazos: "En consecuencia, es dable concluir, como fue decidido en la instancia previa, que la licencia por enfermedad inculpable comenzó cuando la aseguradora otorgó el alta al Sr. RAMOS por la patología derivada del accidente de trabajo acaecido el 17.03.2021; es decir, a partir del 23.04.2021 (y no desde el accidente como pretende la recurrente)."
3) Sobre actualización de la condena y constitucionalidad de art. 55 Ley 27.802: "La declaración de inconstitucionalidad no conduce a la aplicación de un régimen anterior a la ley 27.802, sino al régimen general que ella misma instaura en su art. 54... En consecuencia, corresponde declarar, para este caso, la inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802... y disponer que el crédito reconocido en autos sea determinado conforme la regla general prevista en el art. 54 de la citada ley, esto es, mediante su actualización según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) -Nivel General
- elaborado por el INDEC, con más un interés puro del tres por ciento (3%) anual..."
- Disidencias: No constan votos en disidencia; el voto del Dr. Enrique Catani adhiere al voto de la Dra. Vázquez y el acuerdo resolutivo corresponde a la mayoría.
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