SALERNO, ALDANA AILEN c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora reclamó indemnización por incapacidad por accidente de trabajo. El Juzgado rechazó la demanda por falta de acreditación de las secuelas y vínculos alegados, y condenó a la actora al pago de las costas y reguló honorarios.
¿Quién es el actor?
SALERNO, ALDANA AILEN.
¿A quién se demanda?
EXPERTA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de suma por indemnización por incapacidad derivada de un accidente de trabajo (lesiones craneales y en extremidades y valoración de incapacidad del 45,2% del TO), con planteos de inconstitucionalidad de normas de las leyes 24.557 y 26.773 y liquidación practicada por la actora.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda deducida por SALERNO ALDANA AILEN contra EXPERTA ART S.A.; se impusieron las costas al actor y se regularon los honorarios de los profesionales intervinientes conforme lo expresado en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En virtud de lo que surge de los escritos constitutivos del proceso, y a la forma en que ha quedado integrada la relación procesal corresponde determinar si el actor padece secuelas incapacitantes a consecuencia del accidente denunciado. Frente a la negativa expresa de la demandada, correspondía al actor acreditar el padecimiento de la incapacidad por la que reclamó y su vínculo con los hechos narrados, pues solo de acreditarse la existencia del daño cabría entrar a considerar las inconstitucionalidades y defensas planteadas."
"Pese a esta carga inexcusable, quedó concluido el período probatorio sin que el actor arrimara elemento alguno en tal sentido, ya que la intimación que se le practicara a los efectos que el perito médico pudiera examinarlo no concurrió a la cita que se le practicara. Como consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento dispuesto en la misma y se tuvo al actor por desistido de la pericia médica ofrecida por él y renuente aquella propuesta por la demandada."
"En consecuencia, no habiendo logrado el actor acreditar los extremos de hecho que hacen al fundamento de su pretensión, corresponde rechazar la demanda en todas sus partes por carecer de causa (art.726 del Código Civil y Comercial de la Nación)."
(Fundamento de costas y honorarios) "No encontrando mérito para apartarme del criterio general que, en materia de costas, establece el art.68 del CPCCN, las mismas deberán ser soportadas por la parte actora en su carácter de vencido. A fin de fijar los honorarios de los profesionales intervinientes, tendré en cuenta el mérito y extensión de las tareas realizadas, así como las pautas establecidas por el art. 38 de la LO y demás normas arancelarias vigentes."
- Disidencias: No constan votos en disidencia en el presente fallo.
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