SINDICATO EMPLEADOS DE COMERCIO DE CAPITAL FEDERAL c/ FARCA S.R.L. (ART 71 LO) Y OTRO s/COBRO DE APOR. O CONTRIB.
El Sindicato de Empleados de Comercio de la Capital Federal demandó a FARCA S.R.L. y a su presidente por el cobro de aportes convencionales (2%) correspondientes al período 10/2024 a 04/2025. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó solidariamente a FARCA S.R.L. y a Jorge Rubén Delgado al pago de $3.023.794,21 más intereses y costas, regulando honorarios de la parte actora en 20 UMAS.
¿Quién es el actor?
Sindicato Empleados de Comercio de la Capital Federal.
- Demandados: FARCA S.R.L. y Jorge Ruben Delgado (en su carácter de Presidente / socio gerente).
- Objeto de la demanda: Cobro de aportes sindicales convencionales (cuota convencional de solidaridad del 2% sobre remuneraciones) adeudados por el período 10/2024 a 04/2025, por un total reclamado de $3.023.794,21, con actualización conforme artículo 100 del CCT 130/75.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a FARCA S.R.L. solidariamente con JORGE RUBEN DELGADO a pagar dentro del quinto día al Sindicato la suma total de $3.023.794,21 por los conceptos y períodos reclamados; se declaró que el monto devengará intereses desde que cada suma es debida hasta el efectivo pago según las Resoluciones MEYOSP citadas; se impusieron las costas a la parte demandada; se regularon honorarios de la parte actora en 20 UMAS y se impartieron las demás notificaciones y cargas formales consignadas en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I. Atento el vencimiento del plazo establecido por la ley 18.345 y el silencio de las partes demandadas FARCA S.R.L. y JORGE RUBEN DELGADO pese a encontrarse debidamente notificadas según cédula de autos, se las tuvo por incursas en rebeldía, por lo que por aplicación de lo dispuesto en el art. 71 L.O., corresponde tener por ciertos los hechos expuestos en el escrito de inicio, salvo prueba en contrario."
"III.
- Frente a ello, corresponde el análisis de lo demandado en autos en orden a su procedencia y monto. Al respecto, cabe señalar que tanto por la situación procesal en que se encuentra incursa la demandada cuanto por la inexistencia de otros elementos o pautas a evaluar y que pudieran oponérseles válidamente, los rubros por los que prospera la demanda son: Aportes Convencionales (2%) del 10/2024 al 4/2025 Total $ 3.023.794,21... toda vez que la demandada no puso a disposición de la parte actora la documentación necesaria a fin de poder verificar el pago de los aportes que se reclaman, y sumado a ello la situación procesal de la demandada en las presentes actuaciones, corresponde tener por impagos los aportes convencionales que se reclaman, y por lo tanto hacer acreedor a SINDICATO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE LA CAPITAL FEDERAL de las sumas por las que se reclama. Así lo declaro."
"El monto de condena en concepto de aportes convencionales devengará intereses desde que cada suma es debida y hasta el momento del efectivo pago, las Resol. MEYOSP Nº 578/04 (01/09/2004 a 30/06/2006), esto es 4% mensual; la Resol. MEYOSP Nº 492/2006 (01/07/2006 al 31/12/2010), esto es 5% mensual y la Resol. MEYOSP Nº 841/2010 (01/01/2011), esto es 7% mensual, comprensivos de intereses moratorios y punitorios, y resoluciones posteriores que las reemplacen."
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el pronunciamiento.
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