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VARRESE, JOSE CARLOS c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

El actor promovió demanda por accidente de trabajo contra Swiss Medical ART S.A. solicitando reparación por lesiones y secuelas. La Cámara modificó la sentencia apelada disponiendo que el capital de condena se actualice conforme al decreto 669/19, confirmó la imposición de costas y reguló honorarios de alzada en un 30% de lo percibido en instancia previa.

Accidente de trabajo Art Decreto 669/19 Actualizacion monetaria Ripte Costas Honorarios Capitalizacion Ley 24.557 Alzada


¿Quién es el actor?

Varrese, José Carlos (demandante).

¿A quién se demanda?

Swiss Medical ART S.A. (aseguradora/accionada).
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente laboral (Ley especial) por lumbalgia/hernia discal y daño psicológico, con pedido de condena indemnizatoria y actualización de capital e intereses.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada disponiendo que el capital de condena sea ajustado de conformidad con lo dispuesto en el decreto 669/19; confirmó la imposición de costas a la parte demandada y las regulaciones de honorarios; y reguló los honorarios por la actuación en la alzada en el 30% de lo que, en definitiva, corresponda percibir por sus trabajos en la instancia previa. Se ordena además el cumplimiento de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Por lo tanto propongo que el capital sea actualizado desde la fecha del accidente (17/08/2019), mediante índice RIPTE hasta la etapa prevista en el art. 132 y con posterioridad disponiendo que, en caso de incumplimiento de la aseguradora a la orden de pago, se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina, hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral, según lo establecido en el artículo 770 del Código Civil y Comercial de la Nación” (conf. art. 12 inc.3ro ley 24.557 modificado por el decreto 669/19)." "Asimismo, cabe aclarar que el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039/19 de la SSN, la cual deviene en ostensiblemente inconstitucional al introducir una modificación no solo peyorativa para los derechos regulados, sino que altera la sustancia y sentido de la norma reglamentada." "Ante el nuevo resultado del litigio que propicio y sin perjuicio de lo normado por el art. 279 del CPCCN, propicio confirmar la imposición de costas y las regulaciones de honorarios, teniendo en cuenta el mérito y extensión de las tareas desplegadas por los profesionales intervinientes ... Sugiero imponer las costas de Alzada a la demandada sustancialmente vencida ( art. 68 CPCCN). Asimismo, propicio regular los honorarios de cada una de las partes en un 30% (treinta por ciento) de lo que les corresponda percibir por sus trabajos en la etapa anterior con más el impuesto al valor agregado."
- Votos y coincidencias: La Dra. Diana R. Cañal expuso los fundamentos y propuso la modificación; el Dr. Alejandro H. Perugini expresó adhesión al voto precedente. No consta disidencia en la parte dispositiva.

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