RUIZ, SABRINA BELEN c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La actora reclamó reparación por secuelas derivadas de un accidente in itinere sufrido el 28/03/2024. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó al Fondo de Reserva administrado por la SSN a pagar $965.322,76 por una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 2,02%, más intereses y costas.
¿Quién es el actor?
RUIZ, SABRINA BELEN.
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (en liquidación) y, en lo pertinente, GCQ ASOCIADOS S.A.S.
- FONDO DE RESERVA administrado por la Superintendencia de Seguros de la Nación.
- Objeto de la demanda: Reclamo en el marco del régimen de la Ley 24.557 por secuelas incapacitantes resultantes de un accidente in itinere ocurrido el 28/03/2024; se litiga sobre existencia y grado de incapacidad y la correspondiente indemnización.
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda; se reconoció una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 2,02% de la total obrera y se condenó al Fondo de Reserva a pagar la suma de $965.322,76, con más intereses en los términos del pronunciamiento; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios por UMA.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
Informe pericial: “… Este auxiliar se halla en condiciones de informar a V.S. que estima en la actora una Incapacidad Psicofísica Parcial Permanente del 2.02% de la Total Obrera según Tabla de Incapacidades Laborales de la Ley 24557, Ley de Riesgos del Trabajo. Discriminado de la siguiente manera: Traumatismo facial 0% Traumatismo cervical 0% Secuelas Psicológicas/Psiquiátricas RVAN GRADO II con manifestación depresiva 2%. Suma 2%, agregando los factores de ponderación, Factor por actividad no amerita, Factor por edad (1%) 0.02%, No amerita Recalificación. Total de Incapacidad Psicofísica Parcial Permanente del 2.02% de la TO según Tabla de Incapacidades Laborales de la Ley 24557, Ley de Riesgos del Trabajo ...”
Valoración judicial de la prueba: “La pericia medica ha sido impugnada por la parte actora, pero no encuentro desvirtuados los criterios objetivos en los que el perito fundó su informe (art. 477 CPCCN).” “el análisis de las pruebas reseñadas, valoradas conforme a las reglas de la sana crítica (art. 386 del CPCCN), me lleva a la convicción que ... la carga psicológica del siniestro ... ha sido suficiente para provocar la incapacidad psicológica que presenta en el orden del 2,02%...”
Liquidación y cantidad: “De acuerdo con el porcentaje de incapacidad determinado (2,02%) ... el importe ... asciende a la suma de $965.322,76.
- (53 x $374.537,85 x 2,02% x 65/27); que exorbita el piso prestacional vigente a la fecha del infortunio ... En definitiva, la acción instaurada progresará por la suma total de $965.322,76.
- debiéndose practicar, con más los intereses a la tasa que esta sentencia determina.”
Intereses y actualización: “Dicha suma se adecuará ... aplicando el coeficiente RIPTE ... Al capital así obtenido, se le sumará un interés moratorio puro del 3% anual ... y a partir de esta última fecha, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a treinta (30) días del Banco de la Nación Argentina hasta el efectivo pago.”
Sobre inconstitucionalidad y normas aplicables: “No será recepcionado el planteo de inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 26.773.” y “las disposiciones del art. 55 de la ley 27.802 resultan inaplicables al caso de autos enmarcado en el sistema de la ley 24.557 y 27.348.”
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en la resolución; la sentencia es de la Sra. Jueza de Primera Instancia que resuelve directamente.
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