HERRERA, FABIAN ENRIQUE c/ SWISS MEDICAL ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por accidentede trabajo para obtener reparación de supuestas secuelas incapacitantes. El Juzgado rechazó la demanda considerando acreditada la ausencia de incapacidad indemnizable conforme a la pericia médica y las reglas de la sana crítica, e impuso las costas al actor.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: HERRERA, FABIAN ENRIQUE.
Demandado: SWISS MEDICAL ART S.A. (ART).
Objeto: Reparación por secuelas incapacitantes derivadas de un accidente en ocasión de trabajo denunciado el 04/02/2025 (régimen de la ley 24.557), impugnando el dictamen de la Comisión Médica N°10 que no reconoció incapacidad.
Decisión: Se rechazó la demanda interpuesta por Fabian Enrique Herrera contra SWISS MEDICAL ART S.A.; las costas se imponen en el orden causado; se regulan honorarios en 7 UMAS (actor), 10 UMAS (demandada) y 5 UMAS (perito).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de pasajes relevantes):
Del informe pericial: “… Luego de haber recabado y analizado los antecedentes del paciente, realizado el examen físico y evaluado el resultado de los estudios complementarios, se considera que presenta la siguiente incapacidad parcial y permanente según el anexo I: tabla de evaluación de Incapacidades Laborales, decreto 659/96, ley 24.557 que puede atribuirse al siniestro denunciado: -Incapacidad física: 0% ...” y que “… Al no existir una lesión física que limite la vida del actor, no se encuentra un nexo causal que justifique un cambio negativo en su conducta o estado psíquico derivado del accidente del trabajo.”
Sobre valoración de la pericia: “En el marco precitado, cabe memorar que el art. 477 del CPCCN establece que la fuerza probatoria del dictamen pericial debe ser estimada teniendo en cuenta la competencia del perito, los principios científicos o técnicos en que se funda, la concordancia de su aplicación con las reglas de la sana crítica, las observaciones formuladas por los letrados y los demás elementos de convicción que la causa ofrezca.” Asimismo, el tribunal cita criterio jurisprudencial: “el juez sólo puede y debe apartarse del asesoramiento pericial cuando éste adolezca de deficiencias significativas... extremos que a mi juicio no surgen del presente.”
Conclusión decisoria: “El análisis de las pruebas reseñadas, valoradas conforme a las reglas de la sana crítica (art. 386 del CPCCN) me llevan a la convicción que, como consecuencia del accidente en ocasión de trabajo que alega haber padecido denunciado en el inicio, el actor no posee incapacidad indemnizable. Consecuentemente, corresponde rechazar la acción.”
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia en el pronunciamiento.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: