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PEREZ, ALEXIS GABRIEL c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor demandó a la aseguradora EXPERTA ART S.A. solicitando reconocimiento de incapacidad por accidente laboral ocurrido el 09/11/2024. El Juzgado hizo lugar a la apelación del actor, modificó el dictamen de la Comisión Médica N°10 y condenó a EXPERTA ART S.A. a pagar $6.593.131,51 por prestación dineraria conforme la LRT, por una incapacidad parcial y permanente del 6,75% de la Total Obrera.

Accidente de trabajo Incapacidad parcial y permanente Pericia medica Dano psiquico Baremo decreto 659/96 Factores de ponderacion Ley 27.348 Prestacion dineraria lrt Experta art s.a. Ripte

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Pérez Alexis Gabriel. Demandado: EXPERTA ART S.A. (aseguradora) y, en la denuncia, el empleador LX ARGENTINA S.A. y MIG S.A. U.T.E. Objeto: Impugnación del dictamen de la Comisión Médica N°10 que negó incapacidad por siniestro laboral del 09/11/2024; reconocimiento de incapacidad y pago de la prestación dineraria prevista por la Ley de Riesgos del Trabajo. Decisión: Se modificó lo resuelto por la Comisión Médica Nº 10 y se hizo lugar al recurso de apelación de PEREZ ALEXIS GABRIEL contra EXPERTA ART SA, condenándola a pagar $6.593.131,51 en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T., imponiéndole las costas y regulando honorarios y pericia conforme se expresa en la parte resolutiva.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre la pericia y cuantificación de incapacidad: "Se concluye que el Sr. Perez ... Presenta una Incapacidad Psicológica del 10%: INCAPACIDAD REACCIÓN VIVENCIAL ANORMAL NEURÓTICA R.V.A.N. CON MANIFESTACIÓN DEPRESIVA DE Grado II…. Factores de ponderación: -Tipo de Actividad: alta (0 a 20 %) 10%. 1.5% -Recalificación Laboral: no amerita (0%) 0 % -Edad: de 21 a 30 años (0 al 3 %) 1% Total 2.5%. Concluyendo: ... le corresponde una incapacidad parcial y permanente del 17.75% de la Total Obrera." (informe pericial). 2) Sobre el valor probatorio y valoración judicial: "La existencia de incapacidad física acreditada por el perito médico deriva de un informe fundado, científica y objetivamente y, además, está avalada por los estudios complementarios solicitados. Corresponde en consecuencia reconocerle plena eficacia probatoria, de acuerdo con las reglas de la sana crítica (arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N.)". 3) Sobre el daño psíquico y oportunidad: "De allí que, conforme ha explicado particularmente el Dr. Risso, deben ser excluidos aquellos cuadros no incapacitantes, es decir, los que no han ocasionado un desmedro de las aptitudes mentales previas. Y en este sentido, señala que no es 'Daño Psíquico' aquello que no está cronificado y/o jurídicamente consolidado..." y "en consecuencia, no pueden considerarse daño psíquico los síntomas aislados que no constituyen enfermedad...". El Tribunal concluye que no se acreditó que el siniestro "acentuara los rasgos de la personalidad de base" ni que el daño psíquico esté consolidado, y además que las secuelas psicológicas no fueron oportunamente denunciadas en la vía administrativa, por lo que dicho planteo debe desestimarse. 4) Sobre el resultado cuantitativo final: "En consecuencia, analizada la prueba a la luz de la sana crítica el recurso prosperará por la incapacidad física del 5% ... porcentual al que debe adicionarse un 1,75% ... Así, el actor es portador de una incapacidad parcial y permanente del 6,75% de la TO ... la indemnización ... ascenderá a la suma de $ 5.494.276,26 ... A dicha suma, además, deberá adicionársele la de $ 1.098.855,25 conforme lo normado por el art. 3 de la Ley 26.773 ... EXPERTA ART SA deberá abonar ... la suma de $ 6.593.131,51 ... en concepto de prestación dineraria prevista por la L.R.T."
- Disidencias: No obra voto en disidencia; la resolución expone la decisión de la Jueza.

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