ALVAREZ, SERGIO HORACIO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por reparación de secuelas derivadas de accidente in itinere por parte de trabajador frente a ART. El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N°40 rechazó la demanda por falta de prueba de incapacidad sobreviniente y condenó en costas a la actora, regulando honorarios y fijando el valor del UMA.
¿Quién es el actor?
ÁLVAREZ, SERGIO HORACIO.
- Demandada: PROVINCIA ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamo por reparación de secuelas incapacitantes por accidente in itinere ocurrido el 20/05/2025; impugna el dictamen de la Comisión Médica N°10 que no constató incapacidad y solicita reconocimiento de incapacidad y consecuente indemnización conforme ley 24.557 y complementarias (tramite Ley 27.348).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda por falta de acreditación de la incapacidad alegada; se impusieron las costas a la actora y se regularon honorarios (7 UMAs para la representación y patrocinio de la parte actora en conjunto, 10 UMAs para la demandada en conjunto y 5 UMAs para el perito médico), con fijación del valor del UMA en $95.626 a partir del 01/03/2026.
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"II.
- Sentado lo expuesto, cabe señalar que la ART demandada reconoció que recibió denuncia del siniestro reclamado en autos y también que le brindó a la accionante las prestaciones médicas correspondientes, hasta su alta médica en fecha 27/05/2025. Sin embargo, discrepan las partes en torno a la existencia de incapacidad laboral permanente sobreviniente al infortunio, por lo que se impone su demostración en la causa y en caso afirmativo grado de la misma, y en cabeza del actor se encuentra tal carga (art. 377 del CPCCN). A efectos de determinar la incapacidad invocada en el inicio se designó perito Médico Legista, quien no pudo llevar adelante el trabajo pericial por el incumplimiento de la parte actora (vr. intimaciones de fecha 18/02/2026, 06/03/2026, 13/03/2026 y 06/04/2026) y sin responder a la intimación que se le cursara al actor mediante Carta Documento de notificación de fecha 06/04/2026, remitida por el juzgado, razón por la cual se la tuvo por desistida de la prueba pericial médica ofrecida y renuente a la propuesta por la contraria – confr. despacho del 12 de Mayo de 2026."
"III.
- En consecuencia no habiendo acreditado el actor el presupuesto de hecho de su pretensión corresponde rechazar la demanda con costas en el orden causado, toda vez que pudo considerarse con mejor derecho para litigar como lo hizo (art. 68 segundo párrafo CPCCN)."
Dispositivo (cita textual final):
"FALLO: 1) Rechazando la demanda interpuesta por ALVAREZ, SERGIO HORACIO contra PROVINCIA ART S.A. 2) Las costas se imponen en el orden causado (art. 68 segundo párrafo CPCCN). 3) Regulando los honorarios... en 7 UMAS, 10 UMAS y 5 UMAS respectivamente."
No hubo votos en disidencia; la resolución es dictada por la Jueza de primera instancia y el rechazo se funda en la falta de prueba pericial por incumplimiento de la actora.
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