MENAKIER, CLAUDIO EFRAIN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó trabajador por indemnización por accidente de trabajo. La Cámara modificó la sentencia apelada y fijó la condena en $3.534.603,52 con intereses desde el 25/11/2022, dejó sin efecto lo decidido sobre honorarios y los reguló en forma originaria, imponiendo las costas de la alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
Menakier, Claudio Efraín (actor trabajador).
¿A quién se demanda?
Provincia ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por accidente de trabajo del 25/11/2022.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada y fijó el monto de condena en $3.534.603,52, que devengará intereses desde la fecha 25/11/2022, dejó sin efecto lo decidido sobre honorarios y los reguló de modo originario en ambas instancias, e impuso las costas de la alzada a la accionada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
"En este sentido y de conformidad con los parámetros que arriban firmes a esta instancia, cabe fijar la indemnización del art. 14.2.a de la ley 24.557 a la suma de $2.945.502,94 (53 x $366.957,40 x 0,1398 x 1.08333 -65/60-), monto que excede el tope mínimo establecido en la Resolución SRT 51/2022 ($8.433.218 x 13,98% = $1.178.963,87). A ello corresponde agregar el incremento dispuesto por el art. 3 de la ley 26.773, que alcanza el monto de $589.100,58 (20% x $2.945.502,94). En suma, cabe fijar el monto de condena en la suma de $3.534.603,52 ($2.945.502,94 + $589.100,58), que se adecuará desde el 25/11/2022."
"Más allá de haber rechazado en casos anteriores la aplicación de este decreto 669/2019, ... a la luz de las motivaciones expuestas ... llevaron a esta Sala a adoptar, por mayoría, la pauta de adecuación del mencionado decreto. Es que, frente a la evidente insuficiencia del mecanismo de actualización previsto en el inciso 2 del art. 12 de la ley 24.557 ... y en la medida en que las disposiciones del aludido decreto 669/2019 resultan en la actualidad más favorables para la preservación del valor real de los créditos, el vicio de origen apuntado queda salvado ... En consecuencia, y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE; b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del Banco de la Nación Argentina hasta la efectiva cancelación, acumulándose los intereses al capital en forma semestral ...; y c) el ajuste previsto en el decreto 669/19 será realizado sin consideración a la reglamentación contenida en la Resolución 1039."
"El nuevo resultado del pleito propiciado conduce a dejar sin efecto lo decidido en materia de honorarios, procediéndose a su determinación en forma originaria (art. 279 CPCCN) ... propicio regular los honorarios de primera instancia ... en $8.674.811,60 (93,80 UMA), $5.593.311,36 (60,48 UMA) y $2.328.696,76 (25,18 UMA), respectivamente ... Asimismo, sugiero imponer las costas de la alzada a la accionada ... y fijar los honorarios de las representaciones letradas ... en el 30% de aquello que le corresponda percibir a cada uno por la totalidad de lo actuado en la primera instancia."
- Disidencias: No se registra disidencia; ambos vocales (Díez Selva y Guisado) adhieren y acuerdan la resolución transcripta como parte resolutiva final.
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