JOFRE, ESTEFANIA SOLEDAD c/ RICCIUTO, HECTOR REYNALDO --REBELDE-- Y OTRO s/DESPIDO
Demanda laboral por despido y rubros indemnizatorios contra los explotadores de pizzerías. El Juzgado rechazó la mayoría de los rubros indemnizatorios y salariales por falta de prueba y defectos en la intimación, pero hizo lugar a haberes y proporcionales de enero de 2021 por $45.587,74 y ordenó la entrega del certificado de trabajo con astreintes.
¿Quién es el actor?
Estefanía Soledad Jofre.
- Demandados: Damián Martín Berdugo y Héctor Reynaldo Ricciuto.
- Objeto de la demanda: Reclamo por pago de rubros indemnizatorios (despido indirecto), diferencias salariales, horas extras, multas laborales y entrega de certificado de trabajo; la actora sostiene ingreso el 1/11/2011 y despido indirecto el 3/3/2021, con remuneración mensual declarada en distintos puntos ($18.000 inicialmente; liquidación final considera $85.992,84).
¿Qué se resolvió?
Se rechazó en lo principal la demanda salvo por conceptos de haber por días de enero de 2021, SAC proporcional de 2021 y vacaciones proporcionales de 2021 más SAC, que se reconocieron en la suma total de $45.587,74, con intereses. Se ordenó la entrega del certificado de trabajo (ingreso 1/11/2011 — egreso 13/1/2021) dentro de 30 días, con multa diaria de $10.000 por incumplimiento. Costas en el orden causado y regulación de honorarios. (La decisión modifica parcialmente el pedido inicial de la actora.)
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Va de suyo que el relato inicial se contrapone con su propia prueba aportada por la parte actora, con lo cual, si la totalidad de los telegramas de despido indirecto fueron dirigidos a diferentes domicilios y ninguno fue recepcionado, no cabe tener por configurado el despido en los términos del art 243 LCT..."
"Desde esta perspectiva, no cabe tener por acaecido el despido indirecto y la relación laboral cabe tenerla por finalizada en fecha 13 de enero de 2021, último día y el cual se infiere como trabajado por la actora, ello en los términos del art. 241 LCT."
"En este orden de ideas, en cuanto a los pedidos por diferencias salariales y horas extras, en atención al planteo insuficiente en la demanda, los mismos serán rechazados... queda sin sustento fáctico el pedido por diferencias salariales."
"Con respecto al haber por los días de enero de 2021, sac proporcional de 2021 y vacaciones proporcionales de 2021 más sac, cabe hacer lugar a los mismos ya que no se acreditó su pago (arts. 103, 121, 123, 138, 150, 155 y 156 LCT)."
"Por lo expuesto y citas legales FALLO: 1) Rechazar en lo principal la demanda... y condenar a éstos a pagar... la suma de $45.587,74... 2) Hacer lugar al reclamo de entrega del certificado de trabajo... dentro del plazo de 30 días... multa diaria de DIEZ MIL PESOS ($10.000.-) por cada día de retraso..."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la sentencia es dictada por una sola jueza.
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