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ALVAREZ, JUAN JOSE c/ OLIVOS GOLF CLUB S.A. Y OTRO s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra Olivos Golf Club S.A. y otro solicitando reconocimiento de vínculo laboral y rubros indemnizatorios. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado que rechazó la demanda en lo agravado, con costas de alzada y regulación de honorarios del 30% respecto de lo regulado en primera instancia.

Despido Relacion laboral Caddie Valoracion testimonial Presuncion art. 23 lct Costas Honorarios de alzada Art. 241 lct Confirmacion de sentencia Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

Juan José Álvarez.

¿A quién se demanda?

Olivos Golf Club S.A. y Marcelo Carlos Servidio (codemandado).
- Objeto de la demanda: reclamo por despido — reconocimiento de relación laboral (caddie), indemnizaciones y rubros salariales derivados de la supuesta relación de dependencia, además de regulaciones de honorarios y costas.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de origen en lo que fue materia de agravios, con costas de alzada en el orden causado; se regulan los honorarios de los letrados de la alzada en el 30% de lo que les fuera regulado en la instancia anterior; se dispone registro y notificación conforme a normas indicadas.
- Fundamentos principales de la decisión (párrafos transcritos): "Delimitados de este modo los agravios, debo decir que los argumentos recursivos no permiten restar eficacia a la prueba aportada y analizada en grado -testigos y oficios-. Digo esto porque, a la luz de las reglas de la sana crítica (cfr. art. 386 CPCCN), el tenor de las declaraciones expuestas evidencia falta de claridad en los relatos y contradicciones con los hechos narrados en el escrito de demanda. Nótese que al evaluar las declaraciones testimoniales ofrecidas por el accionante, el sentenciante de grado hizo hincapié en las contradicciones que surgieron de los distinto relatos que los declarantes hicieron en los restantes juicios pendientes que tienen con la demandada y ello no fue debidamente rebatido por el apelante (cfr. art. 116 LO). De esta forma, considero que cabe confirmar lo decidido en grado en este aspecto sustancial y desestimar los agravios introducidos por el apelante en tal sentido (cfr. art. 116 LO)."
- Citas textuales relevantes: "los testimonios de Miguel Eduardo Godoy (fs. 241), Gustavo Javier Pereyra (10/05/2023) y Jonatan Manuel Yuste (fs. 241), valorados según las reglas de la sana crítica, no tienen suficiente poder de convicción, no solo porque no fueron corroborados por otros medios de prueba sino porque incurren en contradicciones sobre hechos relevantes (cfr. art. 90 de la L.O. y arts. 386 y 456 del CPCCN)." "La pretensión del actor -en definitiva
- es que ante la existencia de un vínculo de naturaleza laboral, las condiciones en las cuales se produjo la extinción generaron consecuencias indemnizatorias. Sin embargo, las circunstancias en las cuales se produjo la finalización del vínculo que unía a las partes, incluso en la hipótesis de una vinculación laboral, se enmarca dentro de las previsiones del último párrafo del art. 241 LCT: 'Se considerará igualmente que la relación laboral ha quedado extinguida por voluntad concurrente de las partes, si ello resultase del comportamiento concluyente y recíproco de las mismas, que traduzca inequívocamente el abandono de la relación'."
- Disidencia relevante: El Dr. Enrique Catani votó en disidencia, proponiendo revocar parcialmente la sentencia de grado y hacer lugar a la demanda contra Olivos Golf Club S.A., declarando la existencia de relación laboral, la procedencia del despido indirecto y condenando a la sociedad al pago de rubros por $7.537.280,00 (con confirmación del rechazo contra Marcelo Servidio). Esa propuesta quedó en minoría y no fue adoptada por la Sala.

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