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HERRERA, DIEGO LEONEL c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el actor incapacidad por accidente laboral ocurrido el 01/06/2023 contra Provincia ART S.A.; la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia de grado que rechazó la existencia de incapacidad y confirmó la imposición de costas y la regulación de honorarios por alzada conforme al considerando V.

Apelacion Incapacidad laboral Pericia medica Prueba pericial Confirmacion de sentencia Costas Honorarios de alzada Ley de riesgos del trabajo In dubio pro operario Sala iv


¿Quién es el actor?

Herrera, Diego Leonel (actor recurrente).

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Se reclama reconocimiento de incapacidad derivada de accidente laboral ocurrido el 01/06/2023.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso costas y reguló honorarios de alzada según el considerando V.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): “…El especialista desinsaculado en autos, luego de un examen físico del trabajador arribó a la siguiente conclusión: ‘…Inspección: coloración normal, sin edema ni flogosis. Sin alteración de relieves óseos. Sin deformidades, temperatura y humedad normal, sin cicatrices. Funciones vitales de la mano, puño, garra, oponentes: normales. Signo de la 0: negativo. Nervio radial mediano y cubital. rot y sensibilidad normal. Movilidad metacarpo falángica normal. limitación…….Conclusiones: haciendo exégesis de lo actuado y de probarse los dichos del actor esta auxiliar de la justicia no otorga incapacidad…’ (v. hojas 3/4 del informe).” “Cabe destacar que, para apartarse de la valoración efectuada por la galena, el juez debe encontrar sólidos argumentos, ya que se trata de un campo del saber ajeno al hombre de derecho, y aunque no son los peritos médicos los que fijan la incapacidad, sino que ella es sugerida por el experto y determinada finalmente por el juzgador -basándose en las pruebas que surgen del expediente y las normas legales de aplicación
- su informe resulta el fundamento adecuado para la determinación de la minusvalía que se ordena reparar…” “En tal contexto, no puede soslayarse que el trabajo de esta perito, en función de la aptitud y especial versación que cabe reconocer a quienes se hallan oficialmente habilitados para ejercer la ciencia u oficio de que se trata, goza de una presunción de idoneidad que hace que, en principio, deban aceptarse sus conclusiones en lo que a su especialidad se refiera, salvo la presentación por la interesada de elementos de doctrina que por su autoridad permitan dudar acerca de sus conclusiones, o bien cuando éstas puedan aparecer manifiestamente infundadas o arbitrarias a la vista del lego…”
- Costas y honorarios: Se impusieron las costas al actor; se regulan honorarios de alzada por su orden y se fija el honorario del apoderado en el 30% de lo que le corresponda percibir por la totalidad de lo actuado en la instancia anterior (considerando V).
- Votos: El Dr. Héctor C. Guisado fundamentó la confirmación con los motivos precedentes y la Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió “por análogos fundamentos”. No hubo disidencia.

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