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SANAVIA, FABIANA ALEJANDRA c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó la actora indemnización por accidente in itinere con reconocimiento de incapacidad física y psíquica. La Cámara modificó la sentencia y redujo el capital de condena a $5.258.715,81, excluyendo la incapacidad psíquica por falta de litis específica y confirmando la forma de actualización e intereses conforme al grado.

Accidente in itinere Incapacidad Exclusion psiquica Actualizacion ripte Interes moratorio Ley 27.348 Decreto 669/2019 Costas y honorarios Art Liquidacion indemnizatoria


¿Quién es el actor?

Sanavia Fabiana Alejandra (actora).

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A. (aseguradora de riesgos del trabajo).
- Objeto de la demanda: Reclamo por indemnización por accidente in itinere ocurrido el 31 de marzo de 2024; discusión sobre porcentaje de incapacidad (física y psíquica), actualización del capital e intereses, y regulación de honorarios y peritos.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia apelada y redujo el capital de condena a $5.258.715,81, que devengará intereses en la forma establecida en grado; además se regulan costas de alzada y honorarios de ambas instancias según los considerandos V y VI.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Atento a lo expresado, considero que la omisión del demandante de reclamar oportuna y específicamente por el padecimiento psíquico no puede suplirse con la prueba pericial médica, porque es sabido que la actividad probatoria debe versar sobre hechos debidamente articulados, lo que –reitero
- no se advierte cumplido. No soslayo que el informe pericial da cuenta de la existencia de una incapacidad psicológica, pero el principio de congruencia impide siquiera examinar los hechos que no integraron la litis. En virtud de todo lo expuesto, propicio excluir la incapacidad psíquica (10%) establecida en la instancia anterior." "Así las cosas, el nuevo resultado de la fórmula indemnizatoria alcanza a $5.258.715,81 ($1.161.839,03 x 53 x 7% x 1,22). Dicho capital es superior al piso mínimo que establece la Res. SRT N° 18/2024, que para el caso de autos resulta ser $2.023.460,81 ($28.906.583 x 7%). En síntesis, la cantidad final de condena por este rubro alcanza a $5.258.715,81 con más sus intereses." "Consecuentemente y en el entendimiento de que la aplicación de un ajuste por RIPTE (hasta la fecha de determinación del crédito) más un interés capitalizable posterior (a partir de la mora) resulta adecuado para preservar los valores reconocidos en la sentencia, y que el régimen previsto en la ley 27.348 no contempla la posibilidad de establecer un interés moratorio desde la fecha de la primera manifestación invalidante ... propongo que: a) el capital de condena se actualice desde la primera manifestación invalidante hasta la liquidación ... mediante el índice RIPTE b) en caso de incumplimiento ... se aplique un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a 30 días del BNA ... acumulándose los intereses al capital en forma semestral ..."
- Disidencia: No hubo voto en disidencia; ambos jueces (Dr. Guisado y Dra. Pinto Varela) adhirieron al resultado que modifica la condena y confirma la pauta de actualización e intereses propuesta en el voto preopinante.

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