DE LA FUENTE, MAXIMILIANO EMANUEL c/ JANPAN S.A. Y OTROS s/DESPIDO
El actor demandó por despido y cobro de sumas derivadas de la relación laboral. La Cámara modificó la sentencia apelada disponiendo la actualización del capital conforme al considerando II, dejó sin efecto la regulación de honorarios y fijó los emolumentos de primera instancia según el considerando III, e impuso costas de la alzada a la demandada.
¿Quién es el actor?
De la Fuente, Maximiliano Emanuel.
¿A quién se demanda?
JANPAN S.A. y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido y suma indemnizatoria ($184.801,50 en la sentencia de primera instancia) con actualización e intereses.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó la sentencia apelada estableciendo que el capital de condena se ajustará según lo indicado en el considerando II; dejó sin efecto las regulaciones de honorarios de la instancia anterior y fijó los emolumentos de primera instancia conforme al considerando III; impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló los honorarios del profesional interviniente en el 30% de los que le correspondan por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"En la ciudad de Buenos Aires, capital de la República Argentina, a los 28 días de mayo de 2026, reunidos en la Sala de Acuerdos los señores miembros integrantes de este Tribunal, a fin de considerar el recurso interpuesto contra la sentencia apelada, se procede a oír las opiniones de los presentes..." (introducción al voto y forma de deliberación).
"Digo esto, pues resulta aplicable en el caso el art. 55 de la ley 27.802, según el cual: 'En los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva, a la fecha de entrada en vigencia de la presente ley, incluidos los recursos de queja que se encuentren pendientes de resolución, los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados en base a los siguientes criterios: ... a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA)... b) En ningún caso el resultado, aplicando las pautas del inciso a) del presente artículo, podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación sobre el mismo del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ... con más una tasa de interés del TRES POR CIENTO (3%) anual.'"
"Las disposiciones del presente artículo son de orden público y serán aplicadas por los jueces o por la autoridad administrativa, de oficio o a petición de parte..." (fundamento para aplicar la actualización de oficio).
"En el caso, la aplicación de la tasa pasiva del inciso 'a' no alcanza el mínimo previsto en el inciso 'c', por lo que cabe estar a ese piso. En los meses en que no exista información sobre el IPC se utilizará el índice RIPTE." (decisión material sobre el método de actualización).
"El nuevo resultado del pleito que por el presente propongo conduce a dejar sin efecto la regulación de honorarios y proceder a su determinación en forma originaria (art. 279 del Cód. Procesal) ... sugiero regular los honorarios de primera instancia del letrado patrocinante del actor en la cantidad de 16,15 UMA ... Voto por: 1) Modificar la sentencia apelada ... 2) Dejar sin efecto las regulaciones de honorarios y fijar los emolumentos ... 3) Imponer las costas de la alzada a la demandada (art. 68, Cód. Procesal) y regular los honorarios del profesional interviniente en el 30% de los que le correspondan por su actuación en la anterior instancia." (propuesta del voto y concordancia del segundo voto).
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; la Doctora Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto que antecede.
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