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CAMEJO OSIO, JOSE ANTONIO c/ KELLY, JUAN JOSE s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido e indemnizaciones (art. 80 LCT y ley 25.323) y diferencias salariales. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, rechazó las indemnizaciones y las diferencias salariales reclamadas, impuso las costas de alzada en el orden causado y reguló honorarios de la instancia en el 30%.

Despido Indemnizacion Art. 80 lct Ley 25.323 Diferencias salariales Costas de alzada Honorarios 30% Prueba Incapacidad de notificacion Apelacion


¿Quién es el actor?

Camejo Osio José Antonio.

¿A quién se demanda?

Kelly Juan José.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (indemnizaciones por despido), indemnización prevista en el art. 80 LCT, indemnización prevista en el art. 2 de la ley 25.323, diferencias salariales y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de primera instancia (se rechazaron las pretensiones del actor en cuanto a las indemnizaciones por despido, la prevista en el art. 80 LCT, la prevista en el art. 2 de la ley 25.323 y las diferencias salariales). Se impusieron las costas de alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de la representación letrada del actor en el 30% de la suma que le corresponda percibir por lo actuado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes): "…no poseo elementos probatorios en la causa para dar cuenta de si la comunicación en la cual el Sr. CAMEJO OSIO se consideró despedido efectivamente llegó a esfera de conocimiento del Sr. KELLY" y "…el art. 243 de la L.C.T. (…), en resguardo de la buena fe y del derecho de defensa del denunciado, considera inoficiosas las enunciaciones extremadamente ambiguas o amplias, que no permiten conocer con certeza la motivación del denunciante, ni posibilitan que éste acomode sus defensas, con cierta latitud, a los términos de la demanda". "La expresión de agravios debe contener la fundamentación destinada a impugnar la sentencia con la finalidad de obtener su modificación o revocación. Concretamente, se trata del acto procesal en el cual el recurrente expresa los motivos de su apelación, refutando –total o parcialmente
- las conclusiones de la sentencia, respecto de los hechos y de la valoración de la prueba o de la aplicación de las normas jurídicas... Tales recaudos no fueron cumplidos en la crítica en análisis, lo que conduce al rechazo de la queja." "…el actor denunció una categoría laboral idéntica a la consignada en los recibos de sueldo, que no individualizó qué tareas hacía, que no produjo prueba para acreditar en forma precisa las labores que efectuaba y que la demanda carece de una descripción clara que permita evaluar los motivos por los cuales el accionante reclamó diferencias salariales por incorrecto encuadramiento." "Propicio confirmar el rechazo de la indemnización del art. 80 LCT pues se encuentra firme que la misiva que el actor invocó haber remitido el 27/7/22 (única en la que habría solicitado el certificado) no entró en la esfera de conocimiento de la demandada, y la intimación es un requisito que no puede considerarse suplido por las actuaciones administrativas previas (SECLO) ni tampoco por las judiciales..."
- Votos: El Dr. Héctor C. Guisado fundamentó y votó por confirmar la sentencia, imponer costas en el orden causado y regular honorarios en 30%. La Dra. Silvia E. Pinto Varela adhirió al voto anterior. No hay disidencia.

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