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RODRIGUEZ, NATALIA GISELE c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora impugnó el rechazo de su demanda contra Provincia ART S.A. por incapacidad laboral y costas. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia y rechazó los agravios, destacando la desidia de la actora en no producir la prueba pericial médica y la firmeza de la resolución que la tuvo por desistida.

Rodado: recurso de apelacion Relacion laboral Incapacidad Pericia medica Desistimiento de prueba Firmeza resolucion (art.96 l.o.) Costas Honorarios periciales (3 uma) Provincia art s.a. Desidia de la actora


¿Quién es el actor?

RODRÍGUEZ, NATALIA GISELE (actora/trabajadora).

¿A quién se demanda?

PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo derivado de incapacidad/pretensión laboral vinculada a hechos laborales; impugnación del rechazo de la demanda y de la distribución de costas y honorarios periciales.

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia apelada en todo cuanto fue motivo de recurso, con costas en la alzada en el orden causado.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La actora apela la sentencia de primera instancia del 6 de marzo del corriente año que falló 'Rechazando la demanda incoada por RODRIGUEZ NATALIA GISELE y absolviendo de las resultas de la presente a PROVINCIA ART S.A.'." "La objeción no merece trato favorable, pues la actora recién invocó la supuesta dificultad que menciona el día 12 de febrero de 2026 a las 14:44, es decir más de dos meses después de su incomparecencia a la cita del 2 de diciembre del año anterior." "Pero lo decisivo es que la resolución de fs. 69 que tuvo a la actora 'por desistida de su prueba pericial médica, renuente respecto de la ofrecida por la contraria y al perito por cumplido en su cometido' no fue objeto de cuestionamiento en la anterior instancia, por lo que se encuentra firme (art. 96 L.O.)." "En ese contexto, la desidia de la parte actora no se suple con la mera invocación de que el magistrado de grado habría incurrido en un exceso de rigor formal, pues, como lo ha aclarado la Corte Suprema, la pauta jurisprudencial del 'exceso ritual', sólo es idónea para la interpretación de las normas procesales y no para salvar la conducta negligente de las partes (CSJN, 10/12/96, ... 'Benetrix de Brunetti, Raquel M.C. c/ Estado Nacional ...')." "Por último, la recurrente se agravia de la supuesta 'imposición de costas a la parte trabajadora'. Ahora bien, la objeción resulta abstracta, pues el fallo distribuyó los gastos causídicos en el orden causado." "Dado que no alcanzó a realizar su tarea, los estipendios fijados (3 UMA) no resultan exiguos, por lo que propicio confirmarlos." Voto de adhesión: "Por análogos fundamentos adhiero al voto que antecede." (No hubo disidencia; la decisión adoptada por la Cámara es la confirmatoria antes transcripta.)

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