FLORES, HECTOR LUCAS c/ LINSER SOCIEDAD ANONIMA COMERCIAL .INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS s/DESPIDO
El trabajador promovió demanda por despido indirecto reclamando indemnizaciones y rubros laborales. La Cámara de Apelaciones confirmó en lo principal la sentencia de primera instancia que declaró legítimo el despido indirecto y las condenas accesorias, pero modificó parcialmente la forma de reajuste del capital de condena aplicando el mecanismo de actualización e intereses previsto en el Considerando VII.
¿Quién es el actor?
FLORES, HECTOR LUCAS.
¿A quién se demanda?
LINSER SOCIEDAD ANÓNIMA COMERCIAL, INDUSTRIAL Y DE SERVICIOS.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (despido indirecto) e indemnizaciones laborales: indemnización por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones no gozadas, SAC y diferencias salariales; aplicación de agravamientos indemnizatorios (art. 2 Ley 25.323 y DNyU 34/2019); entrega de certificados de trabajo; costas y honorarios.
¿Qué se resolvió?
Se modificó parcialmente la sentencia apelada para disponer que el capital de condena se reajuste conforme al mecanismo de actualización e intereses establecido en el Considerando VII (aplicación del inciso c) del art. 55 de la ley 27802: actualización por IPC más 3% anual con un piso del 67% de ese cálculo), y se confirmó la sentencia apelada en todo lo demás que decide y fue materia de agravios; se confirmaron los honorarios regulados en grado; se impusieron las costas de alzada a la demandada; y se fijaron honorarios de alzada en el 30% de lo que correspondiera por la instancia anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"En sustancia, ese ha sido el intercambio telegráfico habido entre las partes, cuya autenticidad no aparece controvertida, habida cuenta del informe del Correo Oficial y de los reconocimientos expresos que emergen de los escritos constitutivos del proceso." (Considerando III, referencia a la comunicación del actor).
"Frente a la discrepancia existente entre el alta otorgada por el profesional tratante y la conducta asumida por la empleadora, esta última debió arbitrar una solución prudente y razonable, mediante la convocatoria a una junta médica o algún mecanismo idóneo de dilucidación, y no limitarse a negar ocupación efectiva al trabajador cuando este ya se encontraba en condiciones de reintegrarse a sus tareas." (Considerando III, sobre la conducta empresarial y legitimidad del despido indirecto).
"En lo que respecta a la crítica formulada por la demandada al método de reajuste de los créditos, ... la ley 27802 (BO 6/2/2026), en su art. 55 dispone que '[e]n los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, (…) los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados en base a los siguientes criterios: a) ... tasa pasiva determinada por el BCRA ...; b) En ningún caso el resultado ... podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación ... del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ... con más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) ...' ... corresponde modificar lo resuelto en grado y establecer que el capital de condena se actualice conforme al mecanismo previsto en el inciso c) del art. 55 de la ley 27802, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago." (Considerando VII, sobre la modificación del mecanismo de reajuste).
- Disidencias: No se registran votos en disidencia relevante; el Dr. Carlos Pose adhirió al voto que antecede y el Dr. Manuel P. Diez Selva no votó (art. 125 L.O.).
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