Logo

MATORRAS, CECILIA ELIZABETH c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora demandó a Provincia ART SA por reconocimiento de incapacidad derivada de un accidente in itinere y mayor prestación conforme ley 27.348. La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazó los agravios sobre la extensión del daño y el cómputo de incapacidad, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en el 30% para la Alzada.

Incapacidad Accidente in itinere Ley 27.348 Ripte Dnu 669/19 Pericia medica Costas Honorarios 30% Art Repotenciacion del credito

Actor: MATORRAS, CECILIA ELIZABETH. Demandado: PROVINCIA ART SA. Objeto de la demanda: Reclamo por reconocimiento y mayor cuantificación de incapacidad derivada de accidente "in itinere" (se reclamaban incluir afecciones de columna, rodilla derecha y esfera psíquica en el cálculo de la incapacidad) y cuestionamientos sobre intereses, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia en todo lo que decide y fue materia de recurso y agravios; impuso las costas de ambas instancias a la demandada vencida; reguló los honorarios de la representación letrada por la labor en esta instancia en el 30% del importe que finalmente correspondiera por su actuación en origen; ordenó cumplimentar normas procesales aplicables (art. 1º ley 26.856 y Acordada CSJN N°15/2013). Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes):
- "II. Por razones de orden lógico, corresponde abordar en primer término el agravio de la parte actora dirigido a obtener el reconocimiento de una incapacidad derivada de las afecciones denunciadas en la columna, rodilla derecha y esfera psíquica. Adelanto que la queja no ha de prosperar."
- "En efecto, el recurso no satisface el estándar de crítica concreta y razonada, en tanto se limita a reiterar objeciones ya formuladas al dictamen pericial, oportunamente tratadas y desestimadas en la instancia de grado, sin introducir argumentos novedosos que permitan conmover lo decidido."
- "Si bien el dictamen pericial no reviste carácter vinculante, su apartamiento exige la concurrencia de razones serias y fundadas que evidencien error, inconsistencia o insuficiencia técnica, extremos que no se verifican en el caso. Antes bien, la intervención especializada del perito constituye un aporte relevante para la formación del convencimiento judicial..."
- "III. En cuanto al mecanismo de reajuste del capital de condena, he de señalar que, conforme el criterio mayoritario de esta Sala en su actual integración —de acuerdo con lo resuelto en la sentencia dictada el 25 de marzo de 2026 en los autos 'Pacheco, Juan Antonio c/ Provincia ART s/ Recurso Ley 27.348'—, corresponde la repotenciación del crédito reconocido mediante la aplicación del DNU Nº 669/19; esto es, a través del índice RIPTE desde la fecha determinada en grado y hasta la oportunidad en que se practique la liquidación en los términos del art. 132 de la LO." Disidencia o votación singular relevante: El Dr. Manuel P. Diez Selva adhirió al voto principal; el Dr. Carlos Pose no votó (art. 125 de la L.O.). No consta voto en disidencia.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar