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CABRAL GALEANO, CARLOS ESTANISLAO c/ EXPERTA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Reclamó el actor prestaciones dinerarias por secuelas de accidente laboral. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo confirmó la sentencia en lo principal pero la modificó parcialmente aplicando los intereses previstos en el art. 55 de la ley 27.802 y mantuvo costas y honorarios, imponiendo las costas de alzada a la demandada.

Accidente ley especial Actualizacion de creditos Intereses art. 55 ley 27.802 Apelacion laboral Inconstitucionalidad (discusion) Ipc Capitalizacion unica Costas de alzada Honorarios 30% Principio de progresividad


¿Quién es el actor?

Cabral Galeano, Carlos Estanislao.
- Demandada: Expertaart S.A. (demandada vencida).
- Objeto de la demanda: prestaciones dinerarias por secuelas del accidente del 14/12/2015 en los términos de las leyes 24.557 y 26.773 (accidente
- ley especial).

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal y la modificó parcialmente para disponer la aplicación de los intereses previstos en el art. 55 de la ley 27.802; confirmó lo decidido en materia de costas y honorarios; impuso las costas de alzada a la demandada y reguló los honorarios de alzada en el 30% de lo que cada representación perciba por la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "En definitiva por todo lo expuesto, corresponde aplicar al caso la pauta legal derivada del art. 55, ley 27.802, en cuestión y desestimar los planteos efectuados a su respecto." "El art. 55 dispone que: 'en los juicios en trámite y aún pendientes de sentencia definitiva, a la fecha de la entrada en vigencia de la presente ley, incluidos los recursos de queja que se encuentren pendientes de resolución, los créditos provenientes de las relaciones individuales de trabajo serán actualizados en base a los siguientes criterios: a) A través de la aplicación de intereses moratorios ajustados a la tasa pasiva determinada por el Banco Central ... b) En ningún caso el resultado ... podrá ser superior al importe derivado de adicionar al capital histórico la suma resultante de la aplicación ... del Índice de Precios al Consumidor (IPC) ... más una tasa de interés del tres por ciento (3%) anual; c) El valor resultante no podrá ser inferior al sesenta y siete por ciento (67%) del cálculo obtenido al aplicar las pautas del inciso b) ...'." "Por lo expuesto, voto por: 1. Confirmar la sentencia en lo principal y modificarla parcialmente disponiendo la aplicación de los intereses previstos en el art. 55 de la ley 27.802; 2. Confirmar lo decidido en materia de costas y honorarios; 3. Imponer las costas de alzada a la demandada y regular los honorarios en el 30% de lo que cada representación deba percibir por las tareas cumplidas en la instancia anterior."
- Votos en disidencia relevantes: La Dra. Diana R. Cañal formuló disidencia en cuanto a la aplicación del art. 55, considerando que dicho artículo vulnera los principios de igualdad y progresividad y proponiendo en cambio aplicar la actualización por IPC con una única capitalización conforme art. 770 inc. b del CCyCN más un interés puro del 3% anual (si bien en su voto expresó que para sancionar la mora sería equitativo un interés del 6% anual, y dejó a salvo su criterio respecto de intereses mayores). Se aclara que esa posición quedó en disidencia y no integra la decisión de la Cámara.

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