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FRANCE, JAVIER ADRIAN c/ ART INTERACCION S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL

Acción por accidente laboral contra ART Interacción S.A.; la Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado y ordenó que el capital de condena devengue los intereses fijados en el considerando del primer voto (Dr. Perugini), manteniendo lo dispuesto respecto de costas y honorarios.

Accidente de trabajo Art Actualizacion monetaria Intereses Ley 27.802 art.55 Ipc Capitalizacion Camara nacional de apelaciones del trabajo Costas y honorarios Preferente tutela


¿Quién es el actor?

France, Javier Adrián.

¿A quién se demanda?

ART Interacción S.A.
- Objeto de la demanda: reclamo por accidente
- Ley Especial (cuantificación de crédito y accesorios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de grado para disponer que el capital objeto de condena devengue los intereses previstos en el considerando pertinente del primer voto (Dr. Perugini). Se mantuvo lo resuelto en materia de costas y honorarios. Se ordenó el cumplimiento de lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26.856 y la Acordada CSJN Nº 15/2013; registre, notifique y devuelva.
- Fundamentos principales (textos transcritos literales relevantes):
- Del voto del Dr. Alejandro H. Perugini: "propongo modificar lo decidido y disponer la aplicación de intereses conforme a la tasa pasiva determinada por el BCRA en los términos del art. 55 de la ley 27.802, sin perjuicio de la eventual aplicación de los límites y pisos anteriormente, operaciones que deberán ser efectuadas en la oportunidad prevista en el art. 132 de la L.O."
- Del voto de la Dra. Diana R. Cañal (disidencia): "En definitiva por todo lo expuesto, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la 27.802, dado que resulta discriminatorio, y violatorio del principio de progresividad, al no compensar adecuadamente la desvalorización del crédito... En conclusión, considero que corresponde aplicar, como actualización monetaria, el índice IPC, con más un interés del 3% anual, ello sin perjuicio de la capitalización de los accesorios en los términos del art. 770 inc. b del CCyCN."
- Del acuerdo final (parte resolutiva): "RESUELVE: I. Modificar parcialmente la sentencia de grado y disponer que el capital objeto de condena devengue los intereses previstos en el considerando pertinente del primer voto. II. Mantener lo dispuesto en materia de costas y honorarios."
- Disidencia relevante: la Dra. Cañal disintió respecto de la pauta de intereses propuesta por el Dr. Perugini y propuso aplicar actualización por IPC más interés del 3% anual con única capitalización (art. 770 inc. b CCyCN); su criterio quedó en disidencia y no fue adoptado por la mayoría.

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