Logo

MIÑO, VANESA CORINA c/ GRILLADE S.A. Y OTROS s/DESPIDO

Trabajadora demandó por despido e indemnizaciones laborales contra Grillade SA y otros. La Cámara modificó la sentencia para actualizar el crédito de condena conforme al inciso c) del art. 55 de la ley 27802 y reguló honorarios, confirmando en lo demás la decisión de primera instancia.

Despido Indemnizacion Actualizacion de condena Ley 27802 art.55 Ipc Uma Honorarios Ley 25.323 Art. 245 lct Costas de alzada


¿Quién es el actor?

Miño Vanesa Corina (parte actora).

¿A quién se demanda?

Grillade SA y otras personas físicas (Díaz y Alcacer).
- Objeto de la demanda: acción por despido, reclamo de indemnizaciones laborales (art. 245 LCT y demás rubros: propinas, horas extras, diferencias salariales, aplicación de incrementos de ley 25.323, artículo 132 bis LCT, art. 80 LCT, extensión de responsabilidad a personas físicas, intereses y costas).

¿Qué se resolvió?

La Cámara, por mayoría, modificó la sentencia apelada disponiendo que "el crédito de condena se actualice en la forma dispuesta en el considerando respectivo del voto del Dr. Sudera"; reguló los honorarios de primera instancia en favor de la representación letrada de la parte actora en 59,34 UMA, de la parte demandada GRILLADE SA en 52,76 UMA y del perito contador en 16,90 UMA; confirmó, en lo demás, la sentencia apelada; impuso las costas de Alzada en el orden causado; y reguló los honorarios por las tareas en Alzada en el 30% de lo que corresponda percibir por la instancia previa. (Texto conforme a la parte resolutiva final.)
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del voto mayoritario y concordantes): "En atención a que, al momento de la elaboración del presente voto, de acuerdo a lo decidido en la sentencia de primera instancia el monto total de condena ascendería a la cantidad de $13.363.316,38, mientras que conforme las pautas legales vigentes del art. 55 señalado, el inciso a) arroja como resultado la suma de $17.288.045,65, que se encuentra por debajo del mínimo de $26.051.795,23 que impone el tercer inciso, por lo que voto por modificar la sentencia de primera instancia y establecer que el monto de condena se actualice de conformidad con el inciso c) del art. 55 de la ley 27802, desde que cada suma es debida y hasta su efectivo pago." "La capitalización de intereses prevista en el art. 770 inciso b) del CCCN deberá realizarse, por única vez, a la fecha de notificación del traslado de la demanda." "En atención a la solución adoptada, el valor económico del litigio, el mérito y extensión de las tareas profesionales realizadas y las pautas que emergen de las normas arancelarias vigentes, de conformidad con los arts. 16, 21 y cctes. de la ley 27423, sugiero regular los honorarios correspondientes a la representación letrada de la parte actora en la cantidad de 59,34 UMA, de la parte demandada GRILLADE SA en la de 52,76 UMA y del perito contador en la de 16,90 UMA."
- Disidencia relevante (identificada como disidencia): la Dra. Andrea E. García Vior adhiere al voto del Dr. Sudera en lo sustancial pero disiente respecto de la solución en materia de accesorios de condena y cuestiona la aplicabilidad del art. 55 de la ley 27802 por razones de compatibilidad constitucional, proponiendo en su voto actualizar por IPC INDEC y adicionar interés del 3% anual. Esa postura quedó en disidencia respecto de la mayoría.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar