GONZALEZ, FERNANDO EZEQUIEL c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
El actor demandó por indemnización derivada de un accidente de trabajo por incapacidad. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia y ordenó actualizar el capital de condena conforme al decreto 669/2019 y aplicar una tasa pura de interés del 6% anual, además de imponer costas y regular honorarios.
¿Quién es el actor?
González, Fernando Ezequiel (actor recurrente).
¿A quién se demanda?
GALENO ART S.A. (aseguradora).
- Objeto del reclamo: Indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 16/06/2022, por incapacidad psicofísica del 10,43% de la T.O.; en primera instancia se condenó al pago de $2.445.282 más intereses calculados según promedio de la tasa activa del BNA.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia apelada y dispuso que el capital de condena se incrementará según el decreto 669/2019 (modificatorio del artículo 12 de la ley 24.557) más una tasa pura del 6% anual; además impuso las costas de la instancia anterior a cargo de la demandada, regularizó honorarios por las sumas expresadas en UMAS ($7.872.067,84; $6.667.027,38; $2.277.831,66) y estableció los honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo fijado en la instancia anterior.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
"En virtud de ello, corresponde establecer que el capital de condena deberá actualizarse de acuerdo con las previsiones introducidas por el decreto 669/19, ya que, en materia de infortunios laborales, su régimen (artículo 12 ley 24.557 y decreto 669/2019) ya prevé una tasa legal para las prestaciones dinerarias que nazcan como consecuencia del accidente de trabajo o enfermedad profesional."
"Por ello se estima razonable, en el caso, utilizar una tasa de interés puro del 6% anual, la que corresponderá ser impuesta al crédito indemnizatorio en cuestión desde la fecha del accidente y hasta la fecha de la liquidación de la indemnización."
- Citas textuales relevantes:
"la aplicación de un método de actualización relacionado con la variación de las remuneraciones persigue el objetivo de encuadrar los montos indemnizatorios dentro de niveles correspondientes con la naturaleza de los daños resarcibles efectivamente sufridos por los trabajadores, respetando los objetivos de certidumbre, proporcionalidad y razonabilidad de las indemnizaciones…"
"Si luego de practicada la intimación de pago ... los intereses se acumularán al capital en forma semestral, según lo establecido por el artículo 770 inciso c del Código Civil y Comercial de la Nación y artículo 12 de la ley 24.557 (texto según decreto 669/19)."
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; la Dra. Vázquez adhirió al voto que antecede.
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