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GIAMELLO, SERGIO DARIO c/ FUNDACION INSTITUTO QUIRURGICO DEL CALLAO s/DESPIDO

El actor Sergio Darío Giamello demandó por despido contra Fundación Instituto Quirúrgico del Callao. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado y ordenó ajustar la suma condenada conforme a las pautas del voto del Dr. Perugini, manteniendo costas y honorarios.

Despido Actualizacion monetaria Intereses Art. 55 ley 27.802 Ipc Tasa pasiva bcra Capitalizacion Principio de progresividad Igualdad Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

GIAMELLO, Sergio Darío.

¿A quién se demanda?

FUNDACION INSTITUTO QUIRURGICO DEL CALLAO.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (indemnizaciones y accesorios).

¿Qué se resolvió?

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo modificó parcialmente la sentencia de grado y dispuso que la suma deferida a condena sea ajustada conforme a las pautas establecidas en el voto del Dr. Perugini; confirmó lo dispuesto en materia de costas y honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo, lenguaje original): 1) Voto del Dr. Alejandro H. Perugini (fundamento de la mayoría): "Disiento con el voto de mi colega preopinante. [...] De tal modo, la decisión del Tribunal Superior, en el caso, es un pronunciamiento resultante de una vía de impugnación expresamente prevista en las normas vigentes, cuyo acatamiento no es disponible de parte de los tribunales inferiores actuantes en la causa, y que no pierde su condición vinculante por el hecho que el Superior decida devolver la causa para un nuevo pronunciamiento en lugar de optar por resolver lisa y llanamente sobre el fondo, pues lo contrario sería suponer que el recurso adquiere un matiz consultivo ... propongo modificar lo decidido y disponer la aplicación de intereses conforme a la tasa pasiva determinada por el BCRA en los términos del art. 55 de la Ley de Modernización Laboral, sin perjuicio de la eventual aplicación de los límites y pisos anteriormente, operaciones que deberán ser efectuadas en la oportunidad prevista en el art. 132 de la L.O. La propuesta aquí formulada no justifica modificar lo dispuesto en la sentencia de primera instancia ni lo resuelto en la sentencia de la Sala 10 en materia de costas y honorarios." 2) Voto del Dr. Mario S. Fera (adhiriendo a Perugini): "En consecuencia, corresponde modificar la sentencia recurrida en este aspecto y, en su mérito, disponer que el capital nominal de condena será acrecido desde que cada suma que lo compone es debida y hasta la fecha de su efectivo pago, conforme lo dispuesto en el art. 55 transcripto, a cuyo efecto corresponde que se realicen las operaciones aritméticas necesarias en la oportunidad prevista en el art. 132 de la ley 18.345. ... Por todo ello, el Tribunal RESUELVE: I. Modificar parcialmente la sentencia de grado y disponer que la suma deferida a condena sea ajustada de conformidad con las pautas establecidas en el voto del Dr. Perugini. II. Mantener lo dispuesto en materia de costas y honorarios."
- Voto en disidencia (relevante): la Dra. Diana R. Cañal sostuvo criterios distintos acerca del método de cuantificación y propuso aplicar IPC más un interés del 3% anual con una única capitalización conforme art. 770 inc. b del CCyCN; fundamentó su posición en el principio de progresividad, la protección del crédito del trabajador y la insuficiencia del art. 55 de la ley 27.802, señalando expresamente: "En conclusión, considero que corresponde aplicar, como actualización monetaria, el índice IPC más un interés del 3% anual, con una única capitalización, conforme art. 770 inc. b del CCCN, a fin de mantener incólume el crédito de la parte trabajadora."

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