CACERES PEÑA, CESAR MODESTO c/ CLINES S.A. s/DESPIDO
Trabajador demandó por despido e irregularidades registrales reclamando salarios, horas extras y pagos en negro. El Juzgado rechazó la demanda por no acreditarse la negativa de tareas ni pagos extracontables y tuvo por reconocida la documental presentada por la demandada.
¿Quién es el actor?
CACERES PEÑA CESAR MODESTO.
¿A quién se demanda?
CLINES S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (TCL del 29/08/2018/5/9/2018) y cobro de salarios adeudados, horas extras, diferencias salariales, pagos "en negro" ($1.600 mensuales según actor), regularización registral y entrega de certificados y comprobantes de aportes.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la demanda interpuesta por CACERES PEÑA CESAR MODESTO contra CLINES S.A., con imposición de costas a la parte actora y regulación de honorarios, y se declaró abstracta la cuestión de la consignación de certificados de trabajo solicitada por la demandada.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones relevantes):
"De la compulsa de las constancias de autos -físicas en el sobre de fs. 3
- resulta que el actor ante la respuesta de la demandada a su intimación del 29/8/2018 se consideró despedido mediante TCL del 5/9/2018 en los siguientes términos '...me presenté a tomar tareas y nuevamente se me fue impedido el acceso, contando con testigos y registro audiovisual de ello, configurando vuestra postura un accionar malicioso y contrario a derecho, carente de buena fe laboral, me veo obligado por vuestra exclusiva culpa de hacer efectivo el apercibimiento cursado, considérome injuriado y despedido bajo vuestra exclusiva culpa...'"
"Conforme a lo expuesto precedentemente, luego de analizar las constancias de la causa bajo las reglas de la sana crítica (art. 386 CPCCN) considero que la parte actora no logró demostrar ninguna de las causales invocadas por las que se consideró despedido."
"La prueba testimonial producida en la causa no brinda ningún aporte concreto y específico para sostener los asertos del inicio, ya sea la existencia de pagos en negro, negativa de tareas, etc., dado que los mismos carecen de precisión y certeza."
"Por ello la demanda debe ser rechazada, máxime si se atiende que ante el desconocimiento del actor de la documental acompañada por la demandada, entre la que se encontraba los recibos de haberes y de liquidación final, se procedió a proveer la prueba pericial caligráfica la que se dejó sin efecto ante el incumplimiento de la parte actora a la intimación del 28/08/2024. Como consecuencia de ello se hizo efectivo el apercibimiento y por auto del 20/11/2024 se tuvo a la parte actora por reconocida la documental dubitada."
Sobre la reconvención relativa a certificados de trabajo: "habiendo sido emitidos con la intervención de la AFIP (actual ARCA), resultarían actualmente aplicables las disposiciones de la ley 27.802, y no se ha invocado, ni mucho menos probado, algún perjuicio del trabajador que amerite una solución distinta a declarar, en este caso, abstracta la cuestión relativa a la entrega de las certificaciones previstas en el art.80, con costas por su orden en atención al modo de resolver."
- Votos en disidencia: No consta disidencia; la decisión es unipersonal del Juzgado de Primera Instancia.
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