CABRAL, SUSANA ESTER c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
La actora demandó a Provincia ART S.A. por indemnización por incapacidad derivada de un accidente in itinere. El Juzgado hizo lugar a la demanda, condenó a la ART a abonar $350.801,72 más intereses y cargó las costas y honorarios a la demandada, por considerar acreditado el accidente y la incapacidad del 38,4% de la Total Obrera.
¿Quién es el actor?
CABRAL SUSANA ESTER.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Cobro de indemnización por incapacidad derivada de accidente laboral (accidente in itinere ocurrido el 07/10/2016).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a PROVINCIA ART S.A. a abonar la suma de $350.801,72 (más intereses desde la fecha del accidente) dentro del quinto día de quedar firme la liquidación a practicarse, se impusieron las costas a la demandada y se regularon los honorarios de letrados y peritos, todo conforme el dispositivo transcripto.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
1) Sobre inconstitucionalidad art.46 ley 24.557: "corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 46 de la ley 24.557, en tanto el mismo afecta los principios del juez natural y de acceso a la justicia... impiden al trabajador ocurrir ante un órgano independiente para exigir la reparación de sus infortunios, restringiendo el acceso a la justicia, excluyendo a la justicia del trabajo y vedando el derecho a reclamar, en consecuencia, ante jueces naturales mediante el debido proceso".
2) Sobre constatación del accidente y la incapacidad: "la actora sufrió el accidente in itinere ocurrido el 07.10.2016... el perito médico presentó el informe pericial... 'La fractura del extremo distal del peroné... Fractura de peroné consolidada en eje (5-15%): 10%... Sinovitis crónica 5% Incapacidad Psicológica RVAN II 10% __________ PORCENTAJE TOTAL: 34%... Total 4.4 %… De acuerdo al examen físico efectuado... Corresponde una incapacidad parcial y permanente del 38.4% de la Total Obrera.'"
3) Sobre actualización e índice aplicable: "El monto de condena deberá incrementarse con actualización e intereses de conformidad con lo normado por el art.55 de la ley 27.802, desde la fecha del accidente (07.10.2016) y hasta el efectivo pago... Aunque es claro que las decisiones de nuestro más Alto Tribunal no resultan de ningún modo vinculantes... tornan aconsejable receptar el criterio expuesto, y, en consecuencia, dejar establecido el monto de condena en la suma arriba indicada."
- Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución fue dictada por el Juzgado de primera instancia.
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