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QUIROGA, LUIS ALBERTO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

El actor cuestionó la valoración del informe médico y la existencia de incapacidad laboral derivada de un accidente. La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo —Sala IX— confirmó la sentencia de grado, entendiendo que el perito actuó con los recaudos legales y técnicos, e impuso las costas de alzada y reguló honorarios al 30% por la actuación en la instancia anterior.

Recurso de apelacion Valoracion pericial Incapacidad laboral Nexo causal Costas de alzada Honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo Ley 27.348 Ley 26.685 Sala ix


¿Quién es el actor?

QUIROGA, LUIS ALBERTO.

¿A quién se demanda?

PROVINCIA SA ART S (aseguradora demandada).
- Objeto de la demanda: impugnación de la valoración del informe pericial y reclamo de reconocimiento de incapacidad laboral derivada de un accidente (recurso interpuesto contra la sentencia de primera instancia en autos caratulados "QUIROGA, LUIS ALBERTO C/ PROVINCIA SA ART S / RECURSO LEY 27.348").

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de grado; se impusieron las costas de alzada en el orden causado; y se regularon los honorarios de la representación letrada de la parte actora y de la aseguradora demandada en el 30% de lo que les corresponda percibir por su actuación en la anterior instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos): "Del análisis del dictamen pericial cuestionado, surge que el experto médico designado ha dado cumplimiento a los recaudos legales y técnicos exigidos, efectuando una valoración de los antecedentes médicos obrantes en autos, incluyendo los estudios complementarios, aunque sus conclusiones no hayan coincidido con las expectativas del recurrente. El informe pericial contiene una exposición razonada de los fundamentos médicos y científicos que sustentan la inexistencia de incapacidad laboral derivada del accidente denunciado, consignando expresamente las razones por las cuales descarta la relación causal entre las lesiones invocadas y el hecho de autos." "En consecuencia, no se advierte que el informe pericial impugnado carezca de fundamentación o adolezca de defectos formales o sustanciales que impidan su valoración por el juzgador, por lo que corresponde rechazar el recurso interpuesto y confirmar la resolución apelada en ese aspecto."
- Votos: El Dr. Mario S. Fera expuso los fundamentos arriba citados y propuso, entre otros puntos, imponer costas por su orden y regular honorarios; el Dr. Víctor A. Pesino adhirió "por análogos fundamentos". No hubo disidencia.

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