CARDOZO, NORMA BEATRIZ c/ PROVINCIA ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó la actora indemnización por accidente laboral y actualización de créditos. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado y dispuso que el capital objeto de condena devengue los intereses previstos en el primer voto del pronunciamiento, confirmando la distribución de costas y honorarios.
¿Quién es el actor?
CARDOZO NORMA BEATRIZ.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART SA (relacionado con accidente
- Ley especial).
- Objeto de la demanda: indemnización por accidente (crédito laboral) y su adecuada actualización/compensación por pérdida de valor de la moneda y accesorios (intereses).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones modificó parcialmente la sentencia de grado para disponer que el capital objeto de condena devengue los intereses previstos en el primer voto del pronunciamiento; mantuvo lo dispuesto en materia de costas y honorarios. (Decisión mayoritaria del acuerdo conforme a la parte resolutiva transcripta.)
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"Por consiguiente, de compartirse mi voto, correspondería: I. Modificar parcialmente la sentencia de grado y disponer que la suma diferida a condena sea ajustada del modo sugerido en el considerando pertinente de este voto. II. Mantener lo dispuesto en materia de costas y honorarios. Oportunamente, cúmplase con lo dispuesto en el art. 1º de la ley 26856 y con la Acordada de la CSJN Nº 15/2013. Regístrese, notifíquese y vuelvan." (voto del Dr. Alejandro H. Perugini, primer voto, que contiene la regla de interés aplicada por la Sala)
"En definitiva, por todo lo expuesto, corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 55 de la 27.802, dado que resulta discriminatorio, y violatorio del principio de progresividad, al no compensar adecuadamente la desvalorización del crédito." (voto en disidencia de la Dra. Diana R. Cañal, que propone alternativa doctrinal)
"En definitiva por todo lo expuesto, propicio disponer la actualización del crédito, y determinar que el crédito de condena lleve el índice IPC, con una única capitalización, conforme art. 770 inc. b del CCCN, más un interés del 3% anual." (propuesta de la Dra. Cañal, en disidencia respecto del primer voto)
- Votos y disidencia: El Dr. Alejandro H. Perugini formuló el voto favorable a aplicar los intereses según su primer voto (propuesta que integra la decisión), el Dr. Manuel Díez Selva adhirió al voto de Perugini, y la Dra. Diana R. Cañal votó en disidencia proponiendo la declaración de inconstitucionalidad del art. 55 de la ley 27.802 y la aplicación de IPC + 3% anual con capitalización única. La decisión mayoritaria siguió el primer voto y la parte resolutiva indicada.
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