RAMIREZ, ELIAS SEBASTIAN c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamó el actor por secuelas e incapacidad derivada de un accidente in itinere contra PROVINCIA ART S.A. La jueza de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la aseguradora a pagar $13.861.176,05 más los ajustes e intereses establecidos, imponiéndole asimismo las costas.
¿Quién es el actor?
RAMIREZ ELIAS SEBASTIAN.
¿A quién se demanda?
PROVINCIA ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por reparación de secuelas e incapacidad laboral permanente y sus consecuencias económicas, derivadas de un accidente in itinere ocurrido el 31/05/2025, en el marco del régimen de riesgos del trabajo (ley 24.557 y complementarias).
¿Qué se resolvió?
Se hizo lugar a la demanda y se condenó a PROVINCIA ART S.A. a pagar a RAMIREZ ELIAS SEBASTIAN la suma de PESOS TRECE MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL CIENTO SETENTA Y SEIS CON CINCO CENTAVOS ($13.861.176,05.-), que deberá incrementarse conforme lo dispuesto en el considerando respectivo; se impusieron las costas a la demandada; y se regularon honorarios en UMA conforme lo indicado en el dispositivo.
- Fundamentos principales de la decisión (textos reproducidos tal cual aparecen en la sentencia):
“Del análisis de la descripción semiológica realizada así como de los exámenes complementarios practicados al actor, y las constancias del expediente se desprende que la misma presenta: Una secuela en pie derecho y psicológica La actora apela ante la justicia nacional laboral por evento sufrido el 31 5 25, por dictamen de comisión médica de SRT. Posee una incapacidad psicofísica parcial y permanente del 5,2 % (cinco con dos décimos) de la total…”
“Por lo expuesto, el análisis de las pruebas reseñadas, valoradas conforme a las reglas de la sana crítica (art. 386 del CPCCN) me lleva a la convicción que por el accidente in itinere por el que se reclama en autos, la accionante presenta incapacidad laborativa en el orden del 5,2% de la T.O., la que deberá ser resarcida conforme las pautas que establece el art. 14 inc. 2. a) de la ley 24.557.”
“De acuerdo con el porcentaje de incapacidad determinado (5,2%) de la T.O, el ingreso base mensual ($1.702.276,84.-) y lo dispuesto por el art. 14 inc. 2º, acápite a) de la LRT, el importe que resulta de acuerdo con los parámetros que establece la citada norma, asciende a la suma de $13.861.176,05.-”
- Disidencias: No se registran votos en disidencia; resolución unipersonal del Juzgado de Primera Instancia.
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