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BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA c/ CORONEL, IRMA SARA Y OTROS s/CONSIGNACION

Banco Central demandó por consignación de $4.811.136,08 por liquidación final, indemnización por fallecimiento (art. 248 LCT) y beneficio por cese tras el fallecimiento del empleado Leandro Coronel. El Juzgado hizo lugar a la consignación, declaró beneficiarios a los seis hijos en partes iguales y ordenó la transferencia de la porción de Alexis J. A. Coronel al expediente de determinación de su capacidad jurídica ante el Juzgado de Familia N°11 de Lomas de Zamora.

Consignacion Indemnizacion por fallecimiento Art. 248 lct Liquidacion final Inversion a plazo fijo Reparto hereditario Discapacidad Curatela Transferencia a expediente de familia Honorarios (uma)


¿Quién es el actor?

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA.
- Demandados: IRMA SARA CORONEL; MIGUEL EDUARDO CORONEL; ENZO JOEL NICOLAS CORONEL; LEANDRO FABIAN CORONEL; ALEXIS JOSUE AGUSTIN CORONEL; YESICA MARISA CORONEL (hijos del causante).
- Objeto de la demanda: acción de consignación por la suma total de $4.811.136,08 por liquidación final, indemnización por fallecimiento (art. 248 LCT) y beneficio por cese; inversión a plazo fijo de los fondos consignados y distribución de los importes entre beneficiarios.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar a la demanda por consignación en los términos del considerando II; se determinó que los beneficiarios son los seis hijos del causante y que las sumas consignadas y sus acrecidos se distribuirán en partes iguales (1/6 cada uno). Ordenó que, una vez firme, se transfieran los importes correspondientes al Sr. ALEXIS JOSUE AGUSTIN CORONEL al expediente “CORONEL ALEXIS JOSUE AGUSTIN S/DETERMINACION DE LA CAPACIDAD JURIDICA” del Juzgado de Familia N°11 de Lomas de Zamora; impuso las costas por su orden y reguló honorarios por $1.471.680 para la actora y $1.471.680 para la demandada (15 UMA cada uno).
- Fundamentos principales (extractos y citas textuales relevantes): "II. Sentado ello y ante el allanamiento sin reserva e incondicional de los demandados a la pretensión deducida en autos, corresponde receptar favorablemente la demanda y declarar válida la consignación tendiente a cancelar los conceptos detallados en la liquidación indicada en el escrito de inicio, de liquidación final, indemnización por fallecimiento del art. 248 LCT y beneficio por cese, por un total de $4.811.136,08 (conf. arts. 904 y siguientes del Código Civil y Comercial de la Nación)." "las sumas consignadas y sus acrecidos (con motivo de la inversión a plazo fijo dispuesta a fs. 224/5) corresponden distribuirse en partes iguales a los hijos del causante... es decir, un sexto (1/6) a cada uno de ellos.-" "III. En relación al Sr. ALEXIS JOSUE AGUSTIN CORONEL y de conformidad con lo peticionado por el Sr. Defensor Pública de Menores e Incapaces (fs. 456), corresponde que las sumas a que resulta acreedor a percibir el mencionado, sean transferidas al Juzgado de Familia Nº 11 de Lomas de Zamora y como pertenecientes a las actuaciones relativas a la determinación de su capacidad jurídica.-" "IV.
- Atento lo peticionado y conformidad prestada, las costas se imponen por su orden (art. 68 del CPCCN). Los honorarios serán regulados en los términos de la ley 27.423... considerando el valor del UMA a la actualidad... que se eleva a $98.112.-"
- Votos en disidencia: No existen votos en disidencia en la sentencia; la resolución es de la Jueza única que firma el pronunciamiento.

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