VEDOVALDI, RICARDO ALFREDO c/ LA CENTRAL DE VICENTE LOPEZ S.A.C. s/DESPIDO
El actor demandó por despido indirecto y reclamó indemnizaciones, rubros salariales y aplicación de la multa del art. 2 Ley 25.323. La Cámara confirmó la sentencia de grado, declaró probado el despido indirecto por la falta de otorgamiento de tareas tras el alta médica, impuso las costas de alzada a la demandada y reguló honorarios del 30% para la etapa de alzada.
¿Quién es el actor?
Ricardo Alfredo Vedovaldi.
¿A quién se demanda?
La Central de Vicente López S.A.C.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido indirecto (despido por injuria/negativa de la empleadora a otorgar tareas acordes al alta médica), indemnizaciones por despido incausado, rubros salariales y multa del art. 2 Ley 25.323.
¿Qué se resolvió?
Se rechazó la apelación articulada por la parte demandada y se confirmó la sentencia definitiva de grado del 27/11/2024 en todo lo que fue materia de agravios; se impusieron las costas de alzada a cargo de la parte demandada; se regularon los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda percibir por su actuación en la etapa previa, más IVA en su caso; registro, notificación, publicación y devolución de actuaciones a la instancia de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los 2-3 párrafos más relevantes, con citas textuales):
1) "Tal como surge de lo dispuesto por el art. 116 de la L.O. y lo ha sostenido invariablemente la jurisprudencia, destaco que expresar agravios supone formular una crítica concreta y razonada de las partes de la sentencia que el apelante considere equivocadas... siendo necesario demostrar, con suficiencia técnica y un adecuado desarrollo argumental, cuáles son los desaciertos de orden jurídico de la sentencia que se recurre..." (voto Dr. Perugini).
2) "En definitiva, de prosperar mi voto propicio rechazar la queja articulada por la parte demandada y confirmar la sentencia de grado en lo principal que decide." (voto Dr. Perugini, conclusión sobre la valoración probatoria y la injuria).
3) "Por lo expuesto, voto por: 1) Confirmar la sentencia definitiva de grado del 27/11/2024 en todo lo que fuera materia de agravios; 2) Imponer las costas de Alzada a cargo de la parte demandada; 3) Regular los honorarios de la representación letrada de las partes por sus tareas ante esta instancia, en el 30% de lo que, en definitiva, les corresponda percibir a cada una por su actuación en la etapa previa (art. 14 de la ley arancelaria), más el IVA en su caso. 4) Regístrese, notifíquese, publíquese y, ello cumplido y firme la decisión, devuélvanse las actuaciones a la instancia de origen." (parte dispositiva propuesta y que integra el acuerdo).
- Votos relevantes y disidencia: La sentencia contiene los fundamentos del Dr. Alejandro H. Perugini (preopinante) y de la Dra. Diana R. Cañal; ambas integran el acuerdo final que confirma la sentencia. La Dra. Cañal dejó asimismo asentada su posición doctrinal respecto de la actualización y los intereses (propuso, en su fundamento, la aplicación del IPC más 3% anual y una única capitalización como método razonable), pero expresó que se abstuvo de modificar lo decidido en la instancia anterior para no incurrir en reformatio in pejus; esa opinión integrativa aparece en sus fundamentos, sin alterar la decisión confirmatoria mayoritaria.
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