MEDINA , GONZALO EZEQUIEL c/ CORREO OFICIAL DE LA REP. ARG. S.A. Y OTROS s/ACCIDENTE - ACCION CIVIL
Reclamó trabajador por accidente y riesgo laboral contra Correo Oficial S.A. y la ART; la Cámara confirmó la sentencia de primera instancia en lo principal y la responsabilización (incluida la de la ART) pero modificó los accesorios, remitiéndose a lo decidido en el considerando 5 del voto mayoritario.
¿Quién es el actor?
Medina, Gonzalo Ezequiel (trabajador).
¿A quién se demanda?
Correo Oficial de la República Argentina S.A. y Galeno Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (antes Consolidar/ Galeno ART); también se litigan otras aseguradoras y codemandadas cuyo rechazo ya quedó firme.
- Objeto de la demanda: acción por reparación integral por accidente/ enfermedades profesionales derivadas de la tarea de repartidor (incapacidad física otorgada 8,48%).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en lo principal (se condenó a las accionadas conforme lo resuelto en primera instancia, incluyéndose responsabilidad civil de la ART), con la salvedad de los accesorios que fueron modificados conforme al considerando 5 del voto mayoritario; se impusieron costas y honorarios de ambas instancias tal como se sugirió en el punto 6 del primer voto; se ordena el registro, notificación y cumplimiento formal (art.1 ley 26.856 y Acordadas CSJN indicadas).
- Fundamentos principales (extractos y citas textuales relevantes):
1) Sobre la acreditación del daño y nexo causal y la responsabilidad civil: “...me llevan a concluir que la actividad que el actor desarrolló para su empleadora durante 8 años como repartidor de correspondencia, fue la base de sus dolencias y el nexo de causalidad adecuado para generar la responsabilidad de su empleadora…”. Y respecto de la ART: “La falta de intervención oportuna e idónea de la ART... tiene virtualidad suficiente para considerar que hay relación de causalidad adecuada entre las condiciones en que el Sr. Medina prestó servicios y las dolencias identificadas por el experto... En este contexto de omisión de los deberes de prevención exigidos a la Aseguradora de Riesgos del Trabajo... se encuentran acreditados los presupuestos de responsabilidad civil para condenarla, a la luz del art.1074 del Código Civil.”
2) Sobre los accesorios y su modificación: “Por todo lo expuesto, considero que en este caso, correspondería aplicar el mínimo previsto por el art. 55 inc. c de la ley 27.802 desde la fecha de consolidación del daño y hasta su efectivo pago, aclarando que los cálculos pertinentes deberán realizarse en la etapa del art. 132 LO y que, si la deuda persiste con posterioridad a la notificación de la liquidación e intimación de pago, resultará de aplicación el mecanismo de capitalización impuesto por el inciso c) del art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación...”
3) Razonamiento mayoritario sobre proporcionalidad y deber de tutela: “...debo garantizar que los créditos de naturaleza laboral y alimentaria que se adeudan no se transformen en sumas ínfimas... preservar el poder adquisitivo de los créditos de naturaleza laboral y alimentaria...”
- Disidencia relevante: La Dra. María Dora González adhirió al voto mayoritario “con excepción de lo decidido en orden a la responsabilidad civil atribuida a la aseguradora.” Su propuesta en disidencia parcial fue limitar la responsabilidad de la ART “al monto de la cobertura” y ajustar las costas/honorarios proporcionalmente respecto de la aseguradora; explicó que no advertía probado un nexo de causalidad adecuado entre las omisiones atribuidas a la ART y el daño, ni la individualización suficiente de los supuestos actos u omisiones que le imputan, y que la responsabilidad administrativa no equivale automáticamente a responsabilidad civil indemnizatoria.
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