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FERREIRA, NORMA BEATRIZ c/ BARRIO TINTO S.A. s/EXTENSION DE RESPONSABILIDAD

La actora solicitó extensión de responsabilidad de la condena laboral dictada en la causa por despido contra Gestión Alimenticia S.A. La Cámara de Apelaciones revocó la sentencia de primera instancia, extendió solidariamente la condena a Barrio Tinto S.A., le impuso una multa de $367.800 y dispuso costas y nueva regulación de honorarios.

Extension de responsabilidad Transferencia de establecimiento Articulo 225 lct Solidaridad Multa por incomparecencia Costas Honorarios Despido Barrio tinto s.a. Gestion alimenticia s.a.


¿Quién es el actor?

Norma Beatriz Ferreira (parte actora en la causa principal).

¿A quién se demanda?

Barrio Tinto S.A. (se pretendía extender la condena contra Gestión Alimenticia S.A. a esta sociedad).
- Objeto de la demanda: acción de extensión de responsabilidad por transferencia de establecimiento, para proyectar sobre Barrio Tinto S.A. las obligaciones laborales reconocidas en la causa “Ferreira, Norma Beatriz c/ Gestión Alimenticia S.A. y otros s/ despido” (Expte Nº 34.245/2011); además impugnación de la regulación de honorarios de instancia anterior.

¿Qué se resolvió?

La Cámara revocó la sentencia de grado y extendió, en forma solidaria, la condena a Barrio Tinto S.A. por los créditos reconocidos en la causa de despido (Expte Nº 34.245/2011); impuso a Barrio Tinto S.A. una multa por $367.800; y determinó costas y nueva regulación de honorarios conforme al Considerando IV.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En efecto, de la citada causa Nº 334.245/2011 surge que la actora laboró, en un primer período para la firma Catering Argentino S.R.L., quien mediante un acuerdo de “transferencias del contrato de trabajo” cedió la relación de la actora a favor de Gestión Alimenticia S.A." "La aquí demandada, al contestar la acción, reconoció en forma expresa encontrarse a cargo de la 'explotación comercial' de dicho establecimiento y que continua girando bajo el mismo nombre de fantasía (conf. fs. 107/108). Repárese, en este sentido, en que si bien la demandada alegó que esto último sería en el marco de un acuerdo de 'autorización de uso', lo cierto es que no solo no puso a disposición sus registros contables (conf. resolución de fecha 31 de mayo de 2023) sino que ni siquiera acompañó 'acuerdo' alguno en tal sentido." "Por lo expuesto, propongo revocar el fallo de grado y extender la condena, en forma solidaria, a Barrio Tinto S.A. de los créditos reconocidos en la causa 'Ferreira, Norma Beatriz c/ Gestión Alimenticia S.A. y otros s/ despido' (Expte Nº 34.245/2011)." "Así, ante la nueva incomparecencia –injustificada
- de la demandada a la audiencia designada para el día 26 de mayo del corriente, y en orden a lo dispuesto en el citado artículo 63 L.O., ante la efectivización del apercibimiento de referencia, cabe imponer una multa a la demandada por la suma de $367.800 (conf. Resolución 9/2025 del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario), en los términos de la normativa citada."
- Votos: Los Dres. Silvia E. Pinto Varela y Héctor C. Guisado votaron en sentido afirmativo y acordaron la resolución transcripta. No consta disidencia.

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