GUERRERO, GABRIELA FERNANDA c/ SPORT GROUP S.R.L. Y OTROS s/DESPIDO
Demanda por despido contra Sport Group S.R.L. y codemandados por responsabilidad societaria. La Cámara modificó parcialmente la sentencia de grado, redujo la condena a $132.155,14 y ordenó la adecuación conforme el Considerando V; asimismo reguló costas y honorarios según el Considerando VI.
Actor: Guerrero, Gabriela Fernanda. Demandado: Sport Group S.R.L. y personas humanas codemandadas (Carlos Hernández Merino, Segundo Salatino, Hazel Judith Scotto y Lidia Susana Sánchez). Objeto: Reclamo por despido e indemnizaciones laborales (art. 232, 233, 245 LCT, artículo 45 ley 25.345 y otras diferencias), y la posible responsabilidad solidaria de las personas humanas codemandadas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara modificó parcialmente la sentencia de primera instancia: redujo el monto final de condena a $132.155,14 y ordenó la adecuación del crédito conforme lo fijado en el Considerando V (aplicación de la regla del art. 55 ley 27.802 según sus parámetros) y reguló costas y honorarios en los términos del Considerando VI.
Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
1) "En consecuencia, propicio modificar la sentencia de grado respecto de la adecuación del crédito, que debería calcularse, en principio, con la 'la tasa pasiva determinada por el BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA (BCRA)', que sería la prevista en el Comunicado BCRA Nº 14290/91. Ahora bien, el monto que resulte de esa tasa, no podrá ser superior al que arroje la aplicación del IPC más un 3% de interés anual, ni inferior al 67% de ese método. De este modo, realizados que fueron los cálculos pertienentes, la adecuación del monto de condena forme la tasa pasiva resulta ostensiblemente inferior a los parámetros precedentemente señalados. En conclusión, el monto de condena se adecuará conforme el 67% del IPC con más un interés anual del 3%."
2) "VII.
- En consecuencia, de compartirse mi voto, corresponderá: 1) Modificar parcialmente el fallo de grado reduciendo el monto final de condena a la suma de $132.155,14 con más la adecuación sugerida en el Considerando V del presente. 2) Costas y honorarios en la forma señalada en el Considerando VI.-"
3) "Respecto de las costas de la acción dirigida contra Sport Group S.R.L., ... sugiero imponer las costas de ambas instancias en el 70% a cargo de la parte actora y en el 30% restante a cargo de la sociedad empleadora. ... En orden al mérito e importancia de los trabajos realizados ... corresponde regular los honorarios ... en 16 UMA, 22 UMA, 22 UMA y 7 UMA respectivamente. Finalmente, cabe fijar los emolumentos de los profesionales intervinientes en la Alzada en el 30% de aquello que le corresponda percibir por su actuación en origen (art. 30 ley 27.423)."
Disidencias: No se registran votos en disidencia; el Dr. Héctor C. Guisado adhiere al voto de la Dra. Pinto Varela y el acuerdo resolvió conforme lo transcripto.
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