MENDOZA, SERGIO OSCAR c/ SOLIS, HUGO ALEJANDRO Y OTROS s/DESPIDO
Demandante impugnó el rechazo de indemnizaciones por despido y diferencias salariales. La Cámara confirmó la sentencia de grado, rechazó las apelaciones y fijó costas de alzada a cargo de la actora, además de regular honorarios por el 30% de los percibido en la instancia anterior.
¿Quién es el actor?
MENDOZA, SERGIO OSCAR.
¿A quién se demanda?
SOLIS, HUGO ALEJANDRO y otros.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido e indemnizaciones derivadas del mismo; diferencias salariales e horas extras impagas; determinación de fecha de ingreso; oposición a la liberación de responsabilidad de co-demandados.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo —Sala IX— confirmó la sentencia de la anterior instancia en lo que fue materia de apelación; impuso las costas de alzada a cargo de la parte actora; reguló los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que les correspondió por la anterior instancia y ordenó hacer saber a las partes y peritos lo dispuesto por la ley 26.685 y las acordadas de la CSJN indicadas.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos):
"La queja principal bajo examen, dirigida contra el rechazo de las indemnizaciones derivadas del despido, no habrá de tener favorable acogida ya que se limita a poner en tela de juicio que se tuvo por acreditado su silencio ante la intimación de la empleadora omitiendo cumplir con las exigencias previstas en la ley adjetiva (art. 116 de la LO) al no cuestionar el fundamento principal de la conclusión que se pretende revertir: la orfandad probatoria respecto de la supuesta negativa de tareas que adujo en el inicio (fs. 27vta.) y que habría invocado en el intercambio telegráfico que antecedió al despido que no pudo acreditar por vencimiento del plazo de guarda por el Correo, actitud de la demandada que eventualmente habría permitido desbaratar la situación de abandono de trabajo acusada en su comunicación rupturista."
"No tendrá mejor suerte la divergencia que resiste el rechazo de las diferencias salariales, ya que coincido con la jueza de grado anterior en que en el escrito de inicio (fs. 27/33vta.) se omitió el cumplimiento de la exigencia establecida en el art. 65.4 de la LO al no especificar los extremos imprescindibles para la procedencia de la pretensión por infra–categorización, es decir la incumbencia de la que se le reconocía y la correspondiente a la que pretendía..."
"Costas de alzada a cargo de la demandante vencida (conf. art. 68 del CPCCN). Por las actuaciones desplegadas ante esta instancia, regúlense los honorarios de la representación letrada de las partes en el 30% de lo que les correspondió por la anterior instancia, conforme las pautas expuestas precedentemente y los arts. 16 y 30 de la ley 27.423."
- Votos: El Dr. Mario S. Fera votó y fundó la propuesta; el Dr. Alejandro H. Perugini adhirió "por análogos fundamentos". El acuerdo final consigna la resolución transcripta arriba (mayoría).
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