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ARTEAGA, CAROLINA BELEN c/ EXPERTA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

La actora apeló la resolución de la Comisión Médica que declaró ausencia de incapacidad por accidente in itinere. La Cámara confirmó la sentencia de grado que rechazó los agravios por falta de crítica concreta y razonada y mantuvo la imposición de costas y la regulación de honorarios al 30%.

Comision medica Accidente in itinere Incapacidad laboral L.o. 27348 Critica concreta y razonada Art. 116 lo Extemporaneidad Art. 277 cpccn Costas de alzada Honorarios 30%


¿Quién es el actor?

Arteaga Carolina Belén (actora).

¿A quién se demanda?

Experta ART S.A. (Aseguradora de Riesgos del Trabajo) / Servicio de Homologación de la Comisión Médica Nro. 10.
- Objeto de la demanda: Impugnación de la resolución administrativa y de la sentencia que declaró desierto el recurso contra el dictamen de la Comisión Médica que determinó ausencia de incapacidad laborativa por accidente in itinere del 19/12/2024 (lesión en pie izquierdo).

¿Qué se resolvió?

Se confirmó la sentencia de grado en cuanto a las cuestiones objeto de agravios; se impusieron las costas de Alzada en el orden causado y se regularon los honorarios de las representaciones letradas en esta instancia en el 30% de lo que corresponda por la actuación anterior.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "La generalidad del agravio surge evidente desde que su objeción es por demás genérica sin que las impugnaciones que formulara al desempeño de los profesionales que revisaron a la trabajadora, pueda controvertir las conclusiones a las que arribaron para decidir la ausencia de incapacidad. No puede soslayarse que el recurrente no cuestiona con razones objetivas el examen clínico efectuado…" "Cabe señalar que los cuestionamientos esgrimidos por la accionante no constituyen una crítica concreta y razonada de los argumentos expuestos en el fallo que rechazó el escrito recursivo deducido contra el acto administrativo referido (art. 116 L.O.)." "…la Comisión Médica solicitó que se realice una 'Interconsulta de examen físico' (v. folios 32/33), donde la actora fue revisada en su pie izquierdo por una médica; evaluando así su edema, temperatura, Trofismo muscular y rangos de la movilidad de los dedos." "En torno a las patologías psíquicas, observo que se trata de una reclamación extemporánea en tanto que no fue incluida en el formulario de inicio ... lo que sella la suerte adversa de la pretensión (art. 277 CPCCN)." Además, el voto principal concluye: "En consecuencia y, atento a los motivos esgrimidos, considero que la apelante no logró controvertir el dictamen emitido por la C.M.J. por lo que propicio confirmar lo decidido en grado."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia; ambos jueces (Pinto Varela y Guisado) adhieren y el Acuerdo resolvió conforme al voto mayoritario.

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