FLORIO PABLO DANIEL c/ EXPERTA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (EX QBE ARGENTINA ART SA) s/ACCIDENTE - LEY ESPECIAL
Reclamó trabajador indemnización por accidente in itinere ocurrido el 23/11/2012 y prestaciones dinerarias bajo las leyes 24.557 y 26.773. El Juzgado hizo lugar a la demanda y condenó a la ART a pagar $103.392,90, determinando una incapacidad psicofísica del 23,31% y declarando la inconstitucionalidad parcial del artículo 3 de la Ley 26.773 en cuanto excluye los in itinere.
¿Quién es el actor?
Pablo Daniel Florio.
¿A quién se demanda?
Experta Aseguradora de Riesgos del Trabajo S.A. (ART).
- Objeto de la demanda: cobro de prestaciones dinerarias por accidente de trabajo (in itinere) conforme leyes 24.557 y 26.773; reparación por incapacidad derivada del siniestro del 23/11/2012. El actor reclamó incapacidad equivalente al 30% de la T.O. y liquidó $119.238,56.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la demanda y se condenó a la ART a pagar al actor la suma de $103.392,90 (con más accesorios y costas a la demandada), monto que incluye la indemnización conforme Ley 24.557 y la indemnización adicional prevista en la Ley 26.773 (declarada parcialmente aplicable por inconstitucionalidad de su artículo 3 en lo que excluye a los in itinere). Se determinó una incapacidad psicofísica total del 23,31% de la T.O. y se aplicaron actualización por RIPTE desde la fecha del siniestro y demás pautas indicadas en el fallo.
- Fundamentos principales (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
1) "Por todo lo antedicho, haciendo uso de las facultades que me invisten, atento que el órgano facultado legítimamente para determinar la existencia o no del grado incapacitante y su adecuación y medida es el jurisdiccional, a través de la interpretación de los arts. 386 y 477 del C.P.C.C.N, determino que el Sr. FLORIO presenta una incapacidad psicofísica del 23,31% de la T.O. (11% por secuelas físicas + 10% por secuelas psicológicas + 2,31% por aplicación de factores de ponderación), en relación causal con el accidente in itinere acaecido en noviembre de 2012. Así lo decido."
2) "En definitiva, por todo lo antedicho, el actor es acreedor de una indemnización total de $103.392,90.-"
3) "En lo relativo al artículo 3 de la Ley 26.773 y el planteo de inconstitucionalidad formulado por la parte actora ... declaro la inconstitucionalidad del artículo 3 de la Ley 26.773, en cuanto excluye a los accidentes in itinere de la indemnización allí establecida, resultando procedente dicha indemnización por la suma de $17.232,15.
- ($86.160,75.
- x 20%), lo que así se decide."
- Otras consideraciones probatorias y jurídicas relevantes (citadas textualmente):
"De tal modo, conforme los fallos citados, a cuyos fundamentos me remito, corresponde declarar la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 46 de la ley 24.557 y desestimar el planteo formulado en tal sentido por la demandada." (referido a excepciones sobre trámite administrativo ante Comisiones Médicas).
"Dicho ello observo que luce incorporada al SGJ Lex-100 a fs. 35/36 la pericia médica ... Concluyó así que dichas secuelas determinan una incapacidad laboral de tipo total y permanente del 8% de la T.O." (sobre informe pericial y su impugnación).
"Así las cosas no puedo sino concluir que el dictamen del perito médico obrante en estos autos no se ajusta a lo dispuesto en el Baremo aprobado mediante Decreto 659/96 ... procederé a adecuar los porcentajes de incapacidad ... De esta manera, conforme las afecciones físicas constatadas, el actor posee una incapacidad del 11% de la T.O." (determinación y ajuste según Baremo 659/96).
- Disidencias: no hay votos individuales; resolución pronunciada por el Juez de instancia única.
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