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PENAYO, JOVINO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348

El trabajador solicitó la revisión del dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional N°10 por incapacidad derivada de un accidente laboral del 12/5/2022 y reclamó indemnización por secuelas físicas y psíquicas. El Juzgado hizo lugar al recurso de la ley 27.348, declaró la existencia de incapacidad psicofísica vinculada al siniestro (12,465%) y condenó a la aseguradora al pago de $915.928,90 más accesorios, rechazando el daño psicológico reclamado.

Recurso ley 27.348 Incapacidad laboral parcial y permanente Lumbociatalgia Ruptura tendon biceps Nexo causal Pericia medica Baremo 659/96 Decreto 549/25 inaplicable Indemnizacion A.r.t.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Jovino Penayo. Demandado: Federación Patronal Seguros S.A. (A.R.T.). Objeto: Recurso conforme Ley 27.348 contra dictamen de la Comisión Médica Jurisdiccional N°10 que declaró la patología inculpable; se reclama la determinación de la incapacidad psicofísica derivada del accidente laboral del 12/5/2022 (lumbociatalgia, ruptura del tendón del bíceps, lesiones inguinales/testiculares y daño psíquico) y el pago de las prestaciones dinerarias correspondientes. Decisión: Se hizo lugar al recurso de la ley 27.348, se declaró la relación causal entre el accidente del 12/5/2022 y las secuelas físicas, se fijó la incapacidad en 12,465% de la T.O. (9,55% por secuelas físicas más 2,915% por factores de ponderación), se condenó a Federación Patronal Seguros S.A. a pagar $915.928,90 (art. 14 inc. 2 Ley 24.557 y art. 3 Ley 26.773), se rechazó el reclamo por daño psicológico, y se impusieron las costas a la aseguradora.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- "Por lo expuesto, disposiciones legales citadas y demás consideraciones vertidas, FALLO: 1) Haciendo lugar al recurso conforme a la ley 27.348 incoado por JOVINO PENAYO contra lo resuelto por la Comisión Médica Jurisdiccional Nro. 10 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires."
- Sobre la valoración pericial y causalidad: "En suma, el auxiliar establece una incapacidad psicofísica del 25,78%... El dictamen pericial precedentemente reseñado fue impugnado por la aseguradora y por el recurrente... Del modo en que ha quedado descripto, el perito médico explicó de manera suficientemente clara el cuadro psicofísico que presentaba el agraviado al momento del examen, apoyándose para ello en los estudios médicos solicitados, historias clínicas y en la revisación clínica efectuada, a la vez que dio adecuada respuesta a las reiteradas impugnaciones de las partes."
- Sobre la imposibilidad de aplicar el nuevo baremo: "la 'TABLA DE EVALUACIÓN DE INCAPACIDADES LABORALES' establecida en el Decreto 549/25 resulta inaplicable al caso de autos... por cuanto se estaría afectando en definitiva el principio de preclusión procesal..."
- Sobre el daño psicológico (desestimación): "los signos aislados que no conforman una categoría diagnóstica no son compatibles con la figura de daño psíquico... En este contexto, el reclamo fundado en el daño psicológico invocado en el escrito de apelación, será desestimado. Así decido."
- Cálculo indemnizatorio y monto: "Así la prestación dineraria debida por el accidente del 12/5/2022 arroja un total de $263.529,90... Por lo tanto, la indemnización debida en concepto del art. 14. Inc. 2 ap. A) asciende a la suma de $763.274,08.
- ... procede también el adicional previsto en el art. 3 de la ley 26.773 por la suma de $152.654,82.
- ... el recurrente es acreedor a un monto total de condena de $915.928,90.-"
- Disidencias: no constan votos en disidencia; la decisión es del Juez de Primera Instancia.

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