GELVEZ, JOSE ALEJANDRO c/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. s/RECURSO LEY 27348
Reclamo por indemnización por accidente de trabajo por lesión de rodilla; la Cámara confirmó la condena y fijó la indemnización en $4.900.768,32 aplicando intereses según el criterio del considerando V. Además impuso costas a la ART y reguló honorarios en UMAs para las partes y la perito.
¿Quién es el actor?
GELVEZ, JOSE ALEJANDRO.
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A. (ART).
- Objeto de la demanda: reclamo de indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 11/09/2022 (torsión de rodilla izquierda) y impugnación de la determinación administrativa de incapacidad; además apelaciones sobre regulación de honorarios y tasa de interés.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia recurrida en cuanto pronuncia condena, la fijó en la suma de $4.900.768,32 y determinó intereses conforme los lineamientos del considerando V; impuso las costas de grado a la ART, reguló honorarios en 70 UMAs ($6.867.840) para la representación letrada del actor, 68 UMAs ($6.671.616) para la aseguradora y 25 UMAs ($2.452.800) para la perito médica; dispuso la distribución por orden de las costas de Alzada y fijó emolumentos de los profesionales que suscribieron escritos dirigidos a la Cámara en el 30% de lo que les corresponda por su actuación en la instancia previa.
- Fundamentos principales (textos transcritos relevantes):
"La perito medica sorteada en grado, luego de realizar el examen medico y evaluar los estudios complementarios efectuados al actor, concluyo que: '… De acuerdo con los valores de las limitaciones funcionales antes expresadas se determina, que el actor padece Incapacidad física parcial y permanente: 20% Factores de ponderación: Edad 2% Dificultad para la realización de tareas habituales: Intermedia 5% Amerita recalificación: no Incapacidad Física parcial y permanente, con factores de ponderación: 21,40 Incapacidad Psicológica: 10% Incapacidad Psicofísica parcial y permanente: 29,26% Se aplicó la fórmula de Balthazar de capacidad restante para el cálculo realizado. Baremo Decreto 659/96…' (cfr. informe medico y aclaraciones efectuadas en las fechas 13/09/2025 y 30/092025, respectivamente)."
"En el supuesto que nos ocupa, a mi juicio, la fórmula de Balthazard no resulta aplicable, dado que la incapacidad que presenta el accionante proviene de un único evento dañoso y no se dan, en el caso, los supuestos previstos en el Anexo I del Dec. 478/98 y Decreto 659/96. Por lo que auspicio fijar la incapacidad indemnizable en el 32,1% de la t.o. (30% por incapacidad psicofísica y 2,1% por factores de ponderación
- 7% de 30%-, cfr. Decreto 659/96)"
"Los accesorios deberán ajustarse a lo dispuesto en el artículo 55 de la ley 27.802, norma de orden público, de aplicación inmediata y de oficio."
- Disidencias: No consta disidencia; ambos jueces (González y Pesino) adhieren al voto que antecede.
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