AMATO, CINTIA NOELIA c/ LA MANTOVANA DE SERVICIOS GENERALES S.A. s/DESPIDO
Reclamo por despido y diferencias salariales contra La Mantovana de Servicios Generales S.A. La Cámara confirmó la sentencia de grado en su mayor parte (con costas a la demandada) y dejó sin efecto la declaración de inconstitucionalidad sobre las prohibiciones a la indexación, disponiendo una solución distinta para los intereses conforme al primer voto.
¿Quién es el actor?
Amato, Cintia Noelia.
¿A quién se demanda?
La Mantovana de Servicios Generales S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por despido (despido indirecto) y diferencias salariales (enero 2021 a agosto 2022), más accesorios, intereses y regulación de honorarios.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia de grado en todo lo demás que fue materia de recursos y agravios, salvo en lo relativo a los intereses, que se resolvieron conforme los considerandos del primer voto; dejó sin efecto la inconstitucionalidad invocada en grado respecto de las leyes que prohíben la indexación; impuso costas de ambas instancias a la demandada vencida; y reguló honorarios conforme lo dispuesto en el considerando 8 y en Alzada (30% de lo que corresponda por la instancia de origen).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales relevantes):
"Repárese que la accionada en ningún pasaje de su contestación de demanda ni al momento de contestar las intimaciones efectuadas por la actora en torno a las diferencias salariales enrostradas, refirió que dicha reducción salarial obedecía a un acuerdo suscripto durante la pandemia... Estos argumentos recién introducidos ante esta instancia obsta -como dije
- a que pueda expedirme sobre tales aspectos que no fueron sometidos a conocimiento de la sentenciante de grado anterior (cfr. art. 277 CPCCN)."
"Por todo lo expuesto, considero que, en este caso, corresponde disponer que los accesorios se calculen a la tasa pasiva determinada por el Banco Central, desde que cada suma es debida y hasta la fecha de su efectivo pago, aclarando que los cálculos pertinentes deberán realizarse en la etapa del art. 132 LO... A su vez, si la deuda persiste con posterioridad a la notificación de la liquidación e intimación de pago, resultará de aplicación el mecanismo de capitalización impuesto por el inciso c) del art. 770 del Código Civil y Comercial de la Nación, sin perjuicio de las facultades conferidas en virtud del art. 771 CCyCN."
"La solución propuesta implica adecuar la imposición de costas y regulación de honorarios de primera instancia (cfr. art. 279 CPCCN) ... Teniendo en cuenta el hecho objetivo de la derrota las costas en ambas instancias deben ser impuestas a la demandada vencida. (cfr. art. 68 CPCCN)."
- Voto en disidencia (relevante y aclarado como disidencia): El Dr. Enrique Catani, aunque adhirió por análogos fundamentos al voto principal en lo esencial, expresó disidencia con la solución propuesta respecto de los accesorios y sostuvo que "la norma del artículo 55 de la Ley 27802 resulta inconstitucional... Conforme a ello dispuse para el caso concreto que el crédito reconocido en autos sea determinado conforme la regla general prevista en el art. 54 de la citada ley, esto es, mediante su actualización según la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC)
- Nivel General
- elaborado por el Indec, con más un interés puro del tres por ciento (3%) anual..." (esta postura quedó en disidencia y no integra la decisión de la mayoría).
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