Logo

ALANIZ, ARIEL ABELINO c/ GALENO ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamó el trabajador indemnización por incapacidad y secuelas derivadas de un accidente de trabajo ocurrido en junio de 2024. La Cámara confirmó la sentencia de grado que condenó a GALENO ART S.A. al pago de $34.949.897,82, con la corrección de que los intereses operan desde el 12.06.2024 y no desde el 16.05.2024.

Accidente de trabajo Incapacidad Pericia medica Dano psiquico Intereses Actualizacion ripte Decreto 669/19 Art.104 lo Costas y honorarios Camara nacional de apelaciones del trabajo


¿Quién es el actor?

ALANIZ, ARIEL ABELINO.

¿A quién se demanda?

GALENO ART S.A. (aseguradora).
- Objeto de la demanda: Pretensión indemnizatoria por incapacidad y secuelas (física y psíquica) derivadas de un accidente de trabajo denunciado en junio de 2024; impugnación de pericia y de los mecanismos de actualización/acrevidos e impugnación de honorarios periciales.
- Qué se resolvió (decisión del tribunal): Se confirmó la sentencia apelada en todo lo que fue materia de recursos y agravios, con la salvedad de que se corrigió, conforme al art. 104 LO, que los intereses deben correrse desde el 12.06.2024 y no desde el 16.05.2024; se impusieron costas y honorarios conforme a los considerandos VIII y IX del voto de la Dra. Gabriela A. Vázquez; y se informó la obligación de presentar todas las actuaciones en formato digital.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En tales condiciones, considero que la mención efectuada en el pronunciamiento apelado responde a un error material susceptible de corrección por esta Alzada en los términos del art. 104 de la ley 18.345... En consecuencia, la corrección efectuada sólo incide en el punto de partida de los intereses." (considerando V). "En lo que atañe al daño psíquico, resta destacar que la minusvalía en esta faz también fue constatada por el perito... Conforme al Manual Diagnóstico y Estadístico de los Trastornos Mentales (DSM V) se establece, que el actor se encuentra atravesando por un trastorno F43.2 Trastorno adaptativo mixto... Por lo tanto, se descarta la presencia de Neurosis de Renta..." (considerando VI, peritaje psicodiagnóstico). "Hago esta afirmación porque, sin soslayar los argumentos expuestos por la quejosa en relación a los intereses y su potenciación dispuestos en origen, esta Sala, por mayoría, ha considerado que en procesos sobre accidentes como el presente, fundados en las leyes 24.557 y 26.773 corresponde la actualización del capital diferido a condena según las pautas del decreto 669/19... En tal inteligencia, no encuentro mérito para apartarme de sus conclusiones, las que acepto por provenir de un experto en la materia..." (considerando VII).
- Regulación de costas y honorarios: Se dejó sin efecto lo resuelto en grado en materia de costas y honorarios respecto de la cuestión de intereses por haberse corregido la fecha de comienzo del devengamiento (art. 279 CPCCN y art.104 LO); se impusieron las costas de primera instancia a la demandada vencida; y se propuso regular los honorarios en grado en 128 UMA (actor), 120 UMA (demandada) y 45 UMA (perito), imponiéndose las costas de Alzada a la aseguradora y regulando honorarios de Alzada en el 30% de lo asignado en origen (considerandos VIII y IX).
- Disidencias: No se consignan votos en disidencia; el Dr. Enrique Catani adhirió al voto de la Dra. Vázquez y la resolución fue acordada por la Cámara.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar