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LEGUIZAMON, SERGIO ORLANDO c/ PROVINCIA ART S.A. s/RECURSO LEY 27348

Reclamo por accidente de trabajo y reconocimiento de incapacidad física y psíquica. La Cámara modificó la sentencia y elevó la condena a $569.381,44, admitiendo la aplicación del DNU 669/19 (RIPTE) para la actualización del crédito y ordenando diferir la regulación de honorarios.

Accidente de trabajo Incapacidad psiquica Lrt Dnu 669/19 Ripte Intereses Liquidacion Costas Honorarios Apelacion


¿Quién es el actor?

Leguizamón Sergio Orlando.

¿A quién se demanda?

Provincia ART S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo por accidente ocurrido el 29/08/2022 y reconocimiento de incapacidad psicofísica (física y psicológica) y liquidación de correspondientes indemnizaciones y accesorios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara modificó la sentencia de grado y elevó el monto de condena a $569.381,44, con más los accesorios calculados según lo dispuesto (aplicación del índice RIPTE para actualización y, en caso de mora, la tasa activa del Banco Nación), mantuvo la decisión de grado sobre costas, dejó sin efecto la regulación de honorarios de grado y la diferenció para la etapa del art. 132 L.O., impuso las costas de Alzada a la demandada y reguló honorarios de alzada en 30% por representación en esta instancia.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes): 1) "El perito médico ... informó que 'Los hechos situados han tenido suficiente entidad para provocaren el actor un estado de perturbación emocional encuadrable en la figura de daño psíquico ... Como respuesta a la situación actual han aflorado mecanismos reactivos de tipo fóbico, con predominio de la retracción, tendencia al aislamiento, la evitación y el temor ... En SINTESIS la situación atravesada le produce un intenso malestar psicológico con incremento de la ansiedad, temor, vulnerabilidad y labilidad emocional.' ... Estimación de la incapacidad: según el baremo ... se estima que los trastornos diagnosticados producen una incapacidad de un 5% ...'" (pericia de fecha 31/07/24 y considerandos III-IV). 2) "Bajo tales lineamientos, se juzga prudencial y razonable otorgar un 3% de minusvalía psíquica indemnizable ... en consecuencia ... el Sr. Leguizamón ... porta una incapacidad psicofísica permanente, parcial y definitiva del 6,58% de la total obrera (física 3,15%, psicológica 3% ...)." (considerando III). 3) "Toda vez que las consideraciones que anteceden reflejan la postura mayoritaria adoptada por el Tribunal ... deberá dejarse sin efecto lo resuelto en el pronunciamiento sobre esta cuestión y establecerse que, en la etapa procesal prevista en el art. 132 de la LO, se calculen los intereses ... según un interés equivalente a la tasa de variación de las Remuneraciones Imponibles Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y, solo en caso de mora, se aplicará un interés equivalente al promedio de la tasa activa cartera general nominal anual vencida a TREINTA (30) días del Banco de la Nación Argentina ..." (considerando IV). 4) "El monto total de condena asciende a $569.381,44.-, con más los accesorios dispuestos en el considerando anterior." (considerando V).
- Voto en disidencia (relevante): El Dr. Gabriel de Vedia expresó disidencia en cuanto a la validez constitucional del DNU 669/19, sosteniendo que es "manifiestamente inconstitucional" y proponiendo mantener la tasa prevista en el art. 11 de la ley 27.348; sin embargo, por razones de integración de sala y economía procesal adhirió a la solución mayoritaria sobre aplicación del RIPTE. La disidencia quedó consignada pero la decisión adoptada fue la de la mayoría.

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