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GOMEZ VILLARINO, DIEGO ARIEL c/ SWISS MEDICAL ART S.A.U. s/RECURSO LEY 27348

El actor impugnó la disposición de la Comisión Médica que concluyó que no posee incapacidad por el accidente del 20/06/2023. El Juzgado confirmó la disposición administrativa y declaró las costas a cargo del actor por entender que no se acreditaron agravios concretos ni reparos oportunos a la prueba considerada.

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¿Quién es el actor?

DIEGO ARIEL GOMEZ VILLARINO.
- Demandado/parte recurrida: SWISS MEDICAL ART S.A.U. (la decisión administrativa de la Comisión Médica Jurisdiccional); empleador involucrado: YEL INFORMATICA S.R.L.
- Objeto de la demanda: Recurso contra la disposición particular de la Comisión Médica Jurisdiccional Nº 10 que aprobó y dio por concluido el procedimiento y determinó que el actor "NO POSEE INCAPACIDAD" por la contingencia del 20/06/2023; se cuestiona además la omisión de evaluación del daño psicológico y la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27348.

¿Qué se resolvió?

Se rechazó el recurso interpuesto y se confirmó la disposición de alcance particular dictada el 28/04/2026 en el expediente Nº 421051/25; se declararon las costas en el orden causado; notifíquese y archívese, previa intervención del Ministerio Público Fiscal. Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes del fallo):
- “En función de lo expuesto, de acuerdo con el pronunciamiento de la Corte Suprema de Justicia de la Nación y a partir de lo previsto por el art. 89 de la ley 27802, no cabe entender que el diseño previsto en la ley 27348 importe la violación de los derechos invocados. Por lo tanto, en mi opinión, el planteo de inconstitucionalidad dirigido a cuestionar la vía recursiva debe ser rechazado.”
- “Digo esto porque de una lectura integral del memorial se desprende que no se ha efectuado una crítica concreta y razonada respecto de lo dictaminado en la instancia administrativa previa sobre cuya base se emitiera la disposición apelada. Dicho de otro modo, el trabajador no ha señalado por qué la interpretación, lectura o ponderación de los estudios y/o documentación tenida en cuenta en el dictamen sobre cuya base se dictó la disposición objeto de recurso, resulta deficiente, equivocada o no ajustada a derecho.”
- “La mera afirmación y/o alegación acerca de que sufre secuelas físicas y psíquicas que lo limitan no sólo en el ámbito laboral sino también en su ámbito personal y social, no resulta suficiente para considerar que la expresión de agravios bajo examen constituye una crítica concreta y razonada en los términos que prescribe el artículo 116 de la L.O. … En razón de todo lo expuesto, corresponde se rechace el recurso aquí bajo examen y se confirme lo decidido en la disposición apelada.”
- (Sobre la audiencia/examen físico y prueba) “la Resolución SRT 20/2021 en su artículo 11 dispone esa posibilidad… ‘La C.M.J. interviniente podrá prescindir de la celebración de la audiencia médica presencial y/o de la realización del examen físico … cuando la patología exhibida por la parte trabajadora pueda ser verificada mediante la prueba documental acompañada o a través de la realización de nuevos estudios médicos’ … lo que ha ocurrido en el presente caso y, a mayor abundamiento, tampoco se advierte cuestionamiento oportuno por parte del apelante.” Disidencias: No consta voto en disidencia; la resolución refiere la decisión del Juzgado.

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