Logo

ALMADA, NANCY CECILIA c/ ADT SECURITY SERVICES S.A. s/DESPIDO

La trabajadora demandó por diferencias salariales, indemnizatorias, daño moral y entrega de certificados laborales tras su despido. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda solo respecto de la entrega de la constancia de aportes previsionales y del certificado de trabajo, y rechazó los reclamos dinerarios y la reparación por daño punitivo.

Despido directo Diferencias salariales No remunerativas Jornada reducida Base de calculo indemnizaciones Certificado de trabajo Ley 27.555 Pericia contable Lct art. 103 Preaviso e indemnizacion por antiguedad.


¿Quién es el actor?

Nancy Cecilia Almada.

¿A quién se demanda?

ADT Security Services S.A.
- Objeto de la demanda: Reclamo de diferencias salariales e indemnizatorias derivadas del despido directo sin causa; reparación por daño moral/punitivo; entrega de certificados laborales con datos correctos.

¿Qué se resolvió?

Se hizo lugar parcialmente a la demanda únicamente respecto de la obligación de la empleadora de entregar la constancia documentada de aportes previsionales y el certificado de trabajo conforme al art. 80 LCT; se rechazaron los restantes reclamos por diferencias salariales, indemnizatorias y la reparación por daño punitivo. Se impusieron costas en el orden causado y se regularon honorarios (perito y letrados), con apercibimiento de multa diaria de $5.000 por cada día de retardo en la entrega del certificado de trabajo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "En consecuencia, corresponde reconocer naturaleza remuneratoria a las asignaciones convencionales liquidadas bajo la denominación de 'no remunerativas', así como a las incidencias por antigüedad y presentismo calculadas sobre aquellas, debiendo tales conceptos integrar la remuneración de la trabajadora a todos sus efectos legales." "En consecuencia, dado que la actora cumplía una jornada mensual de 144 horas, corresponde proporcionar la remuneración prevista para la jornada completa sobre una base de 200 horas mensuales. Así, la remuneración correspondiente a junio de 2024 debe fijarse en la suma de $615.190,46, resultante de aplicar la proporción de 144/200 sobre el importe de $854.431,19. Dicho monto será adoptado como base de cálculo de los créditos cuya procedencia se determine en los considerandos siguientes." "De la pericia contable surge que la demandada abonó a la actora la suma de $6.713.846 en concepto de liquidación final. Dado que dicho importe supera el total determinado precedentemente, no se verifica la existencia de saldo pendiente de pago. En consecuencia, corresponde desestimar los reclamos por diferencias salariales e indemnizatorias."
- Disidencias: no se registran votos en disidencia en el pronunciamiento.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar