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STURTZ, ELVIO RODOLFO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

El actor demandó a ANSeS por reajuste de haberes y pago de retroactivos. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426 y condenó en costas a la demandada sustancialmente vencida.

Reajuste de haberes Anses Retroactivos Inconstitucionalidad Ley 27.426 art. 2 Dnu 157/2018 art. 3 Impuesto a las ganancias Costas Seguridad social Confirmacion parcial


¿Quién es el actor?

STURTZ, ELVIO RODOLFO.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; se discutió la validez constitucional del art. 3 del DNU 157/2018 y la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; asimismo se trató la imposición del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos y la regulación de honorarios.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, revocó lo resuelto en relación al artículo 2 de la ley 27.426 (según Considerando 2°) e impuso las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme al artículo 36 de la ley 27.423. Se ordenó la inserción, publicación y devolución de los autos al juzgado de origen.
- Fundamentos principales (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "pese al criterio sostenido por ambas salas de este Tribunal en autos 'OLLOCCO, Carlos Alberto... ' y 'ROMANO, Rodolfo' ... atento lo resuelto por la C.S.J.N. ... mediante sentencia del 04 de diciembre de 2025, y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal ... corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426." (Considerando 2°). "En cuanto a las costas ... se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha." (Considerando sobre costas). Sobre el impuesto a las ganancias: "entiendo que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos", fundándose en la doctrina de la C.S.J.N. y precedentes (Considerando 3°).
- Votos y adhesiones: La Dra. Elida I. Vidal fue la ponente que motiva la revocación del art. 2 de la ley 27.426; la Dra. Silvina Andalaf Casiello y el Dr. Aníbal Pineda adhirieron al voto de la Dra. Vidal (no se registran votos en disidencia).

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