DITURO, ALICIA BEATRIZ c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
La actora demandó a ANSeS por reajustes y pago de retroactivos del haber previsional. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia apelada, rechazó los agravios de la demandada, impuso las costas a la vencida y reguló honorarios de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
¿Quién es el actor?
DITURO, Alicia Beatriz (actora).
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reclamo de reajustes por movilidad del haber previsional, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; impugnación del artículo 3 del DNU 157/2018 (se declaró su invalidez constitucional en la sentencia de primera instancia).
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios; impuso las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme artículo 36 de la ley 27.423; y reguló los honorarios de los profesionales intervinientes ante la alzada en el 30% de lo que respectivamente se les regule en primera instancia. Se ordenó la devolución de autos al Juzgado de origen.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes):
1) "La demandada se agravió de: el tratamiento dado a la PBU; el tratamiento dado a los topes legales; lo resuelto sobre el impuesto a las ganancias y la forma en que fueron impuestas las costas atento que el resolutorio de la sentencia hizo lugar parcialmente a la demanda. Reiteró la reserva del Caso Federal."
2) "Ingresando al estudio de la queja de la accionada sobre los planteos vinculados a la Prestación Básica Universal, nos remitimos en lo pertinente, pudiéndose ingresar para su lectura a https://www.csjn.gov.ar/tribunales-federales-nacionales/sentencias.html o a disposición de las partes en Secretaría, a los argumentos volcados en los autos caratulados 'MARCONI, Carlos Raúl c/ ANSeS s/ Reajustes Varios'... donde se confirmó el diferimiento del análisis de confiscatoriedad de dicho componente, teniendo en cuenta las pautas establecidas en el fallo 'Quiroga' de la CSJN, se fijó el índice y método aplicable, en su caso. En consecuencia, se rechaza el agravio."
3) "En cuanto a la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas 'GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 10 de septiembre 2020 y 'Villamayor, Homero Jorge c/ ANSeS s/ Reajustes Varios', del 17 de septiembre 2020..."
4) "Con relación al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto el juez aplicó el fallo 'Morales' de la CSJN y siendo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
5) "En cuanto a las costas de esta instancia, ... corresponde mantener la declaración de inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423..."
- Votos: Los Dres. Elida I. Vidal y Silvina Andalaf Casiello votaron en el mismo sentido; el Dr. Aníbal Pineda adhirió respecto de la mayoría. No consta disidencia.
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