YOTTI, ANA MARIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Demanda por reajustes previsionales y pago de retroactivos contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró de oficio la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada.
¿Quién es el actor?
Yotti, Ana Maria.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
- Objeto de la demanda: Reajuste de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas derivadas de ese reajuste; discusión sobre aplicación de la Prestación Básica Universal (PBU), impuesto a las ganancias y constitucionalidad de normas (ley 27.426, ley 27.541 y DNU 157/2018).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Rosario, Sala B, en el acuerdo resolvió confirmar parcialmente la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, revocar lo resuelto respecto del artículo 2 de la ley 27.426 y declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018, imponiendo las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme el artículo 36 de la ley 27.423. Se remitió además a los precedentes “MULLER” y “GOTTIG” y a lo dispuesto en el Considerando 5°.
- Fundamentos principales (transcripción de los párrafos más relevantes):
"I) Confirmar parcialmente la sentencia apelada en cuanto ha sido materia de agravios, conforme lo aquí expuesto y en los precedentes 'MULLER' y 'GOTTIG' mencionados, debiendo estarse a lo dispuesto en el Considerando 5º)."
"II) Revocar lo resuelto en relación al artículo 2 de la ley 27.426 según lo establecido en el Considerando 3º)."
"III) Declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
Considerando relevante sobre cambio de criterio: "pese al criterio sostenido por ambas salas de este Tribunal ... atento lo resuelto por la C.S.J.N. ... mediante sentencia del 04 de diciembre de 2025, y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal ... corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
Sobre impuesto a las ganancias: "entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación ... donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas" (Considerando 3).
- Votos y disidencias: Los tres vocales firmaron el acuerdo; las vocales Vidal y Andalaf Casiello fundamentaron la solución y Pineda adhirió en la mayoría salvo disidencia referida a la movilidad en un precedente citado; no existe decisión de minoría que contradiga el bloque resolutivo final.
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